TRANSPORTES SIMUNOVIC LIMITADA/SOCIEDAD DE CONSTRUCTORES TENSACON S.A.
Rol
Fecha
4 de febrero de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que la resolución recurrida –en cuanto hace efectivo el apercibimiento previsto en el artículo 53 del Código de Procedimiento Civil a la demandante– no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 188 del código citado, por lo que no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos Rol C-2115-2023 del Segundo Juzgado de Letras de Buin. Devuélvase por interconexión. Rol 198-2025 Civil.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos Rol C-2115-2023 del Segundo Juzgado de Letras de Buin. Devuélvase por interconexión. Rol 198-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
CH (svd) San Miguel, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Que la resolución recurrida –en cuanto hace efectivo el apercibimiento previsto en el artículo 53 del Código de Procedimiento Civil a la demandante– no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 188 del código citado, por lo que no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo d
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