SIN INFORMACION

GIL/DIRECCION REGIONAL DE LOS RIOS GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Johan Jairo Gil García, por sí, quien se encuentra cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia e interpone acción constitucional de amparo en contra del Centro Penitenciario de Valdivia y de Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Los Ríos. Motiva su acción en que se le notifico verbalmente su traslado a un módulo de máxima seguridad dentro del Complejo Penitenciario de Valdivia, para preparar, según indica, un traslado al Complejo Penitenciario del Bio-Bío, todo ello sin estar notificado en la causa que corresponde a su condena correspondiente al Juzgado de Garantía de Punta Arenas, por lo que desconoce los antecedentes que se le acusan para efectuar el traslado, por lo cual ve vulnerado su derecho a la libertad personal y seguridad individual, del artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República. Solicita se acoja su acción y se declare que se revisen estos antecedentes y se ordene cesar estos hostigamientos por parte del recurrido. 2) Informó el Alcaide (S) del Complejo Penitenciario de Valdivia, don Felipe Cea Medina. Refiere que el interno se encuentra cumpliendo condena por los delitos de tráfico ilícito de drogas, asociaciones ilícitas, posesión y tenencia de armas de fuego, lavado de dinero y falsificación o uso malicioso de instrumento público; ha sido clasificado en mediano compromiso delictual; inició el cumplimiento de condena el 25 de noviembre de 2021 y termina el 3 de diciembre de 2058, habiendo ingresado al Complejo Penitenciario de Valdivia el 19 de mayo de 2022. En cuanto a los hechos, indica que el condenado fue cambiado al módulo Nº31 de máxima seguridad en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución Exenta N°7628 de 9 de noviembre de 2023 que "Aprueba normas que regulan las condiciones de máxima seguridad en dependencias de establecimientos penitenciarios de sistema cerrado" en base a un informe técnico penitenciario reservado de 24 de diciembre de 2024

Fundamentos

fundamentos del acta y corrige lo resolutivo, respecto a la normativa citada respecto a la forma de notificación y tramites a cumplir para efectos del traslado. 7) Que, asentado lo anterior, no se advierte ilegalidad y/o arbitrariedad en los hechos impugnados por esta vía, ya que la decisión de traslado se encuentra dentro de las atribuciones que le otorga el ordenamiento jurídico al Director Nacional de Gendarmería– de Chile que delegó facultades en el Director Regional- y que, en tanto se basa en razones de seguridad que aparecen debidamente explicitadas, cumple con la exigencia del artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios y se enmarca en las normas que regulan las condiciones de máxima seguridad en dependencias de establecimientos penitenciarios de sistema cerrado. 8) Que, así las cosas, no existiendo acto ilegal o arbitrario que prive, perturbe o amenace los derechos constitucionales del condenado Johan Jairo Gil García, el presente recurso no podrá prosperar y deber ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara que: Se rechaza la acción constitucional de amparo intentada a folio 1 en contra de Gendarmería de Chile, por no observarse existencia de una acción u omisión de la parte recurrida, que perturbe o amenace la seguridad individual del interno. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-26-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Johan Jairo Gil García, por sí, quien se encuentra cumpliendo condena en el Complejo Penitenciario de Valdivia e interpone acción constitucional de amparo en contra del Centro Penitenciario de Valdivia y de Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Los Ríos. Motiva su acción en que

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