JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COMBARBALA

MP / IBÁÑEZ MOLINA MARCELO ALEJANDRO

Rol

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Que, atendido el mérito de autos, lo expuesto por el interviniente en la audiencia, y desprendiéndose de la formalización de la investigación que consta como víctima única doña Norma Del Carmen Ramos Ramos, y no habiéndose expuesto motivo alguno para disponer la cautelar en relación a doña Maritza Isabel Molima Ramos, y visto además lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código legal citado, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veintiuno de enero de dos mil veinticinco, por el Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá, en cuanto mantuvo la medida cautelar de prohibición de acercamiento, respecto de doña Maritza Molina Ramos y en su lugar se declara que la misma se deja sin efecto, manteniéndose la cautelar en cuestión solo respecto de la victima Norma Del Carmen Ramos Ramos. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (S) doña Patricia Díaz Donoso. Devuélvase vía interconexión. Rol N°81-2025 Penal.-

Fallo

se declara que la misma se deja sin efecto, manteniéndose la cautelar en cuestión solo respecto de la victima Norma Del Carmen Ramos Ramos. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (S) doña Patricia Díaz Donoso. Devuélvase vía interconexión. Rol N°81-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. Siendo las 11:56 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por los Ministros titulares señor Christian Le-Cerf Raby y la señora Gloria Negroni Vera, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la

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