GONZALEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
4 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Luis González Reyes, en favor de Martin Alfredo González Álvarez, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de residencia temporal, lo que vulneraría la garantía prevista en el artículo 19 numeral 2 de la Constitución Política de la República. Alega que formuló la petición en favor de su padre ante la autoridad administrativa el 21 de octubre de 2023, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. Denuncia como ilegal y arbitraria, en consecuencia, la omisión de la autoridad recurrida consistente la falta de resolución de su petición de residencia temporal. Pide se ordene al Servicio Nacional de Migraciones que resuelva la solicitud de visa de reunificación familiar para su padre en un plazo máximo de 5 días. SEGUNDO: Que, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción constitucional por estimar que ha perdido oportunidad y eficacia, al haberse pronunciado el Servicio respecto de la solicitud de la recurrente, otorgándole un permiso de residencia temporal mediante Resolución Exenta N° 24550490, de 03 de diciembre de 2024. TERCERO: Que, igualmente, informó el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, señalando que conforme al artículo 157 N° 5 de la Ley N° 21.325, le corresponde al Servicio Nacional de Migraciones resolver el otorgamiento, prórroga, rechazo y revocación de los permisos de residencia y permanencia y determinar la vigencia de los mismos, sin perjuicio de las facultades que correspondan a la autoridad migratoria en el exterior. CUARTO: Que, como se sabe, el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a ampar
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Martin Alfredo González Álvarez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-24088-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Luis González Reyes, en favor de Martin Alfredo González Álvarez, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición d
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