2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

AVLA S.A.G.R./MADRO EIRL (COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS DEL MAR, COMPRAVENTA DE FRUTAS Y VERDURAS)

Rol

Fecha

7 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 90 inciso final del código de procedimiento civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Sergio Sepúlveda Torres, en contra de la resolución de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el cuaderno de incidente general, por improcedente. Devuélvase. N°Civil-21-2025.(acl/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Sergio Sepúlveda Torres, en contra de la resolución de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el cuaderno de incidente general, por improcedente. Devuélvase. N°Civil-21-2025.(acl/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, siete de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 90 inciso final del código de procedimiento civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Sergio Sepúlveda Torres, en contra de la resolución de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, escrita a fol

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