ROJAS FIGUEROA ANGELO SHNEIDER /DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
3 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña María Graciela Herrera Acosta, abogada, en favor de don Ángelo Shneider Rojas Figueroa, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, CDP Santiago Sur, representada por su Alcaide, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no elaborar informe psicosocial en el más breve plazo al amparado para optar a la concesión de la pena mixta que establece el artículo 33 de la Ley 18.216, lo que vulnera los derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual. Expone que el amparado fue condenado con fecha 04 de julio del año 2023, en causa RIT: 97-2023 del 3° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago, como autor del delito de robo con intimidación, en grado de consumado, a la pena de 5 años 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y accesorias legales, cumple actualmente su condena en el CDP SANTIAGO SUR. Precisa que el amparado podría optar a la pena mixta que establece el artículo 33 de la Ley 18.216.- ya que ha cumplido el tiempo mínimo legal de su condena y mantiene una conducta muy buena, necesita sólo el informe psicosocial que debe elaborar Gendarmería de Chile del CDP SANTIAGO SUR y ponerlo a disposición del Tribunal competente ya sea este resulte favorable o desfavorable para el amparado, el que no ha sido elaborado por la recurrida, no obstante existir tres órdenes al respecto emanadas de la causa RIT 7076-2022 del 4° Juzgado de Garantía de Santiago: la primera de fecha 14 de agosto, la segunda expedida el 6 de septiembre, y la última decretada el 12 de noviembre, todos del año 2024. Expresa que, de ser favorable el informe psicosocial que se le fuesen a elaborar al amprado, este podría remplazar el tiempo que le queda de cumplimiento de su condena por la de libertad vigilada intensiva, y el CDP SANTIAGO SUR le está vedando la posibilidad de recuperar su libertad en la hipótesis de un informe favorable, toda vez que no lo ha elaborado en casi 3 meses desde la pr
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto lo dispuesto en el artículo 21, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo de los Recursos de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida en favor de Ángelo Shneider Rojas Figueroa en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3419-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece doña María Graciela Herrera Acosta, abogada, en favor de don Ángelo Shneider Rojas Figueroa, e interpone recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, CDP Santiago Sur, representada por su Alcaide, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no elaborar informe psicos
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