JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP.C/ PATRICIO MOISES AHUMADA MEZA

Rol

Fecha

3 de febrero de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia se desprende que, se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que se tuvo en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado. Además, en cuanto a la letra c) de dicho artículo, se estima que su libertad constituye un peligro de fuga, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos de la resolución en alzada.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintisiete de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado PATRICIO MOISES AHUMADA MEZA. Acordada con el voto en contra del ministro señor Farías, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada, y decretar la prisión preventiva por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad en atención a la multiplicidad de delitos por los que se formalizó la investigación. Devuélvase, vía interconexión. N° 353-2025-Panel.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, tres de febrero de dos mil veinticinco. Sala: SEGUNDA SALA Rol Corte: Penal 353-2025 Ruc: 2500134794-5 Rit: 904-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO. Relator: Natalia Álvarez Villarroel Ministerio Público: Cesar Gallardo Vásquez Defensa: Juan Carlos Zepeda Castillo Partes: MP.C/ PATRICIO MOISES AHUMADA MEZA Tipo de Recurso: Penal-apelación cautelar personal Resolución de Escritos

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