RIVAS, OBTAVIO JOSÉ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
Fecha
3 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interponiendo recurso de protección en beneficio de OBTAVIO JOSÉ RIVAS, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.685.440-4, con domicilio en Calle Abtao N°120, comuna de Coquimbo, dirigido en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado por don Luis Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio 580, tercer piso, comuna de Santiago, y en contra de POLICÍA DE INVESTIGACIÓN DE CHILE, representado por don Eduardo Cerna Lozano, con domicilio en General Mackenna Nº1314, Región Metropolitana de Santiago, por el acto que señala como ilegal y arbitrario, consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 24605457, de 30 de diciembre de 2024, que archivó solicitud de residencia definitiva presentada por el actor, señalando que vulnera el derecho a la igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política. Expone que el recurrente, de nacionalidad venezolana, solicitó el beneficio de residencia definitiva el 13 de marzo de 2024, acompañando todos los antecedentes necesarios para postular al beneficio. Sin embargo, indica que el 30 de diciembre de 2024, fue notificado del contenido de la Resolución Exenta N° 24605457, de 30 de diciembre de 2024 que, ordenó el archivo de la solicitud de residencia definitiva, bajo el fundamento que, de acuerdo a lo informado por Policía de Investigaciones, el extranjero se encuentra fuera del país desde el 14 de marzo de 2024. Luego, el recurrente hace presente que, si bien efectuó un viaje fuera del territorio nacional en la fecha señalada, no obstante, retornó posteriormente, ingresando el 13 de abril de 2024, lo cual se puede cotejar en el pasaporte del recurrente, donde consta el timbre de ingreso al país. Arguye que la resolución es contraria a derecho, pues no satisface las formalidades indicadas en
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor de Obtavio José Rivas en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°54-2025 (Protección).
Texto Completo (Preview)
Rivas, Obtavio José Servicio Nacional de Migraciones y otro Recurso de protección Rol Nº54-2025 La Serena, tres de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interponiendo recurso de protección en beneficio de OBTAVIO JOSÉ RIVAS, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°26.685.440-4, c
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