CAMPOS OLIVARES LUCAS MATIAS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
3 de febrero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Se interpone recurso de amparo en beneficio de LUCAS MATIAS CAMPOS OLIVARES, condenado, quien cumple condena en el Centro Penitenciario de San Felipe, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a derecho, toda vez que cumple con los requisitos. Se vulnera lo dispuesto en el artículo 19 número 7 de la Carta Fundamental. Solicita que se acoja el recurso y se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicho beneficio. Informa la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, señalando que el amparado no fue postulado por Gendarmería de Chile. Informan en autos los establecimientos penitenciarios de Tocopilla y de San Felipe, indicando que,
Fundamentos
considerando el traslado del amparado de un penal a otro, no manejan la información, sin embargo, ninguno refiere haberlo postulado al beneficio de la libertad condicional. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir ante la magistratura, a fin de que ésta ordene que se guarden las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega, en su inciso tercero, que el mismo recurso podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, del mérito de autos, fluye que el amparado no ha sido postulado al beneficio de la libertad condicional, de tal manera que el acto contra el cual recurre es inexistente, motivo por el cual el presente arbitrio no podrá prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida a favor de LUCAS MATIAS CAMPOS OLIVARES, en contra del Centro Penitenciario de San Felipe. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, ejecutoriada, archívese en su oportunidad. N°Amparo-146-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de febrero de dos mil veinticinco. Visto: Se interpone recurso de amparo en beneficio de LUCAS MATIAS CAMPOS OLIVARES, condenado, quien cumple condena en el Centro Penitenciario de San Felipe, en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajusta
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