C/ CAMILO ANDRES OLIVARES GONZALEZ
Rol
Fecha
3 de febrero de 2025
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1° Que si bien con los antecedentes reunidos por el Ministerio Público, en particular el testimonio de la víctima y las imágenes captadas de una cámara de seguridad, se ha acreditado la existencia de la comisión de un delito consumado de robo por sorpresa, tipificado en el inciso segundo del artículo 436 del Código Penal, no ocurre lo mismo respecto de la participación del imputado Olivares González. En efecto, esta Corte estima que el ente de persecución penal no ha justificado la concurrencia del presupuesto material de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, descartándose las sospechas fundadas de participación del imputado, toda vez que la vestimenta usada por él no coincide con aquella que se aprecia de las imágenes captadas del sitio del suceso ni fue sorprendido con la especie sustraída en su poder, la que no fue encontrada, no obstante fue detenido en supuesta situación de flagrancia. 2° Que no cumpliéndose los requisitos legales para imponer una medida cautelar personal, necesariamente deberá dejarse sin efecto la prisión preventiva decretada. Por las consideraciones anteriores, se revoca la resolución apelada de fecha veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT 579-2025 / RUC 2500112755-4, mediante la cual se decretó la prisión preventiva de don Camilo Andrés Olivares González, y en su lugar se decreta que el imputado no queda sometido a medida cautelar personal alguna, sin perjuicio del apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal. En consecuencia, se decreta la orden de libertad de Olivares González, oficiando de inmediato al Sexto Juzgado de Garantía de Santiago. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal-529-2025 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, tres de febrero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-529-2025 Ruc: 2500112755-4 Rit : O-579-2025 Juzgado: 6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Carolina S. Brengi Zunino, el Ministro (S) señor Fernando Guzman Fuenzalida y el Abogado Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma Relator: Patricio Riquelme Digit
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