SIN INFORMACION

VOEDISCH NATALIE ANNE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

3 de febrero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Natalie Anne Voedish, de nacionalidad estadounidense, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°24589606 de 20 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia temporal y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no acompañado el certificado de antecedentes penales de su país de origen, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, indica que 03 de mayo de 2023, realizó la solicitud de residencia temporal subcategoría reunificación familiar, dado que cumple con todo los requisitos legales y además su cónyuge es de nacionalidad chilena. Sin embargo, mediante Resolución Exenta Nº24589606 de 20 de diciembre de 2024, se rechazó la solicitud de residencia temporal de la amparada y se decretó orden de abandono en su contra, fundada en no haber adjuntado el certificado de antecedentes original de su país de origen, debidamente apostillado o legalizado por el Consulado chileno en el país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Añade que la resolución es arbitraria e ilegal, dedo que sí remitió el certificado solicitado con fecha 14 de enero de 2025 mediante correo certificado, encontrándose en poder de la administración del estado y respecto a la orden de abandono, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N°1.094 como el artículo 91 de la ley N°21.325 establecen la facultad de otorgar una visa de residencia de vigencia restringida en reemplazo de la orden de abandono. Solicita, que se deje sin efecto la resolución recurrida, y en consecuencia la orden de abandono, debiendo la recurrida considerar el certificado de antecedentes penales acompañado por la amparada para efectos de dar cumplimiento a lo prescrito por la sanción aplicada, pronunciándose sobre la situación migratoria de la amparada. A folio 8 y 15, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, s

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24589606 de 20 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia temporal de la recurrente y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber acompañado el certificado de antecedentes penales. Segundo: Que, para resolver este arbitrio, se debe tener presente que la recurrente cuenta con arraigo familiar y social en el país, lo que acredita con el certificado de matrimonio con ciudadano chileno, celebrado el 24 de mayo de 2021, acompañado en autos. Asimismo, se debe considerar el certificado de antecedentes penales de su país de origen, acompañado en esta instancia, que si bien, tal como lo confirmó la autoridad migratoria, fue acompañado con fecha posterior a la requerida, sí demuestran la intención de la actora en orden a cumplir con lo solicitado, sin perjuicio del retraso en su envió Tercero: Que, en consecuencia, el rechazo de la residencia solicitada y la orden de abandono impuesta resultan desproporcionada, considerando los antecedentes de arraigo expuestos; todo lo cual vulnera el principio de reunificación familiar recogido en el inciso final del artículo 1° de la Constitución Política de la República. Cuarto: Que, el acto recurrido amenaza la libertad personal de la amparada toda vez que, de no cumplir voluntariamente con el abandono impuesto, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión del país, de acuerdo al artículo 127 numeral 3° de la Ley N°21.325, motivos por los cuales se acogerá este arbitrio como se dirá en lo resolutivo. Asimismo, de conformidad al artículo 50 inciso final del Reglamento de la Ley N°21.325, la circunstancia de que un extranjero mantenga una orden de abandono vigente constituye una causal de inadmisibilidad de otras solicitudes de residencia, lo que impide que pueda regular su situación migratoria a través de una nueva presentación.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de Natalie Anne Voedish, solo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24589606 de 20 de diciembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida reabrir la solicitud de residencia en el plazo de 30 días y considerar el certificado de antecedentes penales acompañado por la recurrente, dictando la resolución que en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-234-2025. En Valparaíso, tres de febrero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Natalie Anne Voedish, de nacionalidad estadounidense, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°24589606 de 20 de diciembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia temporal y dispuso su abandono del país en

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