SIN INFORMACION

PIZARRO GALAZ FRANCISCO/DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la madre de don Francisco Alonso Pizarro Galaz, cédula de identidad Nro. 21.654.615-6, actualmente privado de libertad en el C.D.P. Santiago I, interpone acción de amparo contra Gendarmería de Chile, por el supuesto estado notable de desnutrición del encartado, situación que no ha sido y remediada por dicha unida penal. Solicita que la presente acción sea acogida y se ordene restablecer el estado de derecho, respecto de la vulneración señalada. Segundo: Que doña Valeria Orrego Caro, Cabo Primero de la Unidad de Asistencia Jurídica Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, evacua informe Nro. 361027, de fecha 13 de enero de 2025, asegurando que el Área de Salud Ambulatoria (ASA) del C.D.P. Santiago I, que el amparado es un paciente con trastorno de personalidad antisocial, trastorno por consumo de sustancias psicoactivas en tratamiento actual, con dosis de quetiapina 100 mg, clonazepam. Refiere que el diagnóstico del amparado es absceso muslo izquierdo, trastorno de personalidad antisocial, trastorno por consumo de sustancias psicoactivas compensado y enflaquecido. Alude que está pendiente respecto del referido el perfil bioquímico y radiografía al tórax. Por seguimiento por médico psiquiatra de fecha 25 de febrero de los corrientes, se continuará con quetiapina 100 mg, clonazepam 2 mg, en régimen hipocalórico, 2 colaciones AM-+PM, curación simple, cefadroxilo 500 mg, por 7 días, ibuprofeno 400 mg, por 3 días, prednisona 5 mg por 5 días, clorfenamina 4 mg por 5 días, abundantes líquidos, suspensión de cigarrillos, drogas y Control SOS. Refiere el informe que, con fecha 24 de diciembre de 2024, fue evaluado por psiquiatra de la institución, quien refirió verlo triste por las fechas, la familia, sin problemas psicóticos. Sin ideación suicida ni se ha realizado autolesiones. El informe refiere que el amparado fue evaluado el día 06 de enero de 2025, quien refirió sentirse mejor. Sin embargo, manifestó que per

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se decide que se rechaza, el recurso de amparo constitucional deducido en favor de don Carlos Jara Muñoz, y en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, póngase en conocimiento y remítase copia de los antecedentes de la presente causa, por la vía más rápida, al Juzgado de Garantía de San Bernardo, a fin de que adopte las medidas que estime pertinente en relación a la ejecución de la medida cautelar personal en el proceso RIT N° 4446-2024, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 letra f) del Código Orgánico de Tribunales. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-102-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la madre de don Francisco Alonso Pizarro Galaz, cédula de identidad Nro. 21.654.615-6, actualmente privado de libertad en el C.D.P. Santiago I, interpone acción de amparo contra Gendarmería de Chile, por el supuesto estado notable de desnutrición del encartado, situación que no ha si

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