3º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BIGGEMANN/MARDONES - (CASACION Y APELACION)

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Vistos: En estos antecedentes Ingreso Corte N°7012-2021 Civil correspondiente a la causa Rol C- 26134-2018 seguida ante el 3° Juzgado Civil de Santiago, caratulada “Biggemann con Mardones”, por sentencia de siete de junio de dos mil veintiuno, se resolvió. “I.- Se rechaza la tacha deducida por la demandada en contra del testigo sr. Juan Carlos Adolfo Dattwyler Scharzlose, presentado por el actor; II.- Se rechazan las tachas deducidas por la demandada en contra del testigo sr. Sergio Andrés Becerra Astorga, presentado por el actor; III.- Que se acoge la demanda de 21 de agosto de 2018, solo en cuanto se hace lugar a la acción de cumplimiento forzado de contrato, condenándose a la demandada, sra. Paula Andrea Mardones Correa, a pagar al sr. Walter Biggemann Moller, la suma de $30.956.393, con reajustes de acuerdo a la variación que experimente el IPC e intereses corrientes para operaciones no reajustables, contados desde la fecha en que la presente sentencia quede ejecutoriada y hasta el pago efectivo, desestimándose en lo demás; IV.- Que se exime del pago de las costas a la demandada.” Contra esta decisión, el apoderado de la demandada doña Paula Mardones Correa dedujo recursos de casación en la forma y de apelación. Asimismo, el apoderado del demandante Walter Biggemann Moller dedujo recurso de apelación respecto de la referida sentencia. Se trajeron los autos en relación para conocer de dichos recursos.

Fundamentos

Considerando: I.-En cuanto al recurso de casación en la forma interpuesto por la demandada Paula Mardones Correa. Primero: Que la parte recurrente sostiene como fundamento del mencionado arbitrio, que la sentencia incurre en las causales de nulidad establecidas en el artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en sus numerales: i) N°4: por haber sido dada extra petita al haberse extendido a puntos no sometidos a la decisión del tribunal; ii) N°5: por haber sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170; iii) N°6: al haber sido dada la sentencia contra otra pasada en autoridad de cosa juzgada.” Solicita que se anule la sentencia en virtud de dichas causales y se dicte sentencia de reemplazo, rechazando la demanda en todas sus partes, con costas. Luego, el recurrente expone a modo de contexto los principales argumentos de los escritos de los intervinientes en juicio -demanda, contestación, réplica y dúplica-, señalando que el actor dedujo demanda en contra de su representada a fin que

Fallo

se declarara el cumplimiento forzado de las obligaciones originadas por un supuesto contrato de construcción por administración delegada o arrendamiento de servicios (artículo 1996 del Código Civil), actuando el demandante como mandatario y su representada como mandante, solicitando se condene a ésta al pago de $30.956.393, más indemnización de perjuicios. Agrega, que el actor expuso en su libelo que su representada lo contactó y contrató para la ejecución de las obras que se realizaron en el inmueble ubicado en calle Latadía N°6889, comuna de Las Condes, de propiedad de la demandada, y, que si bien no se escrituró dicho contrato, existe registro de la voluntad de las partes en tal sentido y, que para llevar a cabo su cometido se coordinaba con el Sr. Mauricio Ramírez -cónyuge de la demandada- y el Sr. Fernando Yunis, encargado de arquitectura, tanto por correo electrónico como presencial, remitiendo en forma periódica la rendición de los gastos incurridos en los avances de la obra mediante correos enviados al Sr. Ramírez con copia a su representada, y que a partir de noviembre de 2017, esta última comenzó a incumplir el pago de tales costos, motivo por el cual el actor habría puesto término al contrato el 06 de julio de 2018, adeudándosele a esa fecha más de $32.000.000. Refiere el recurrente, que su representada al contestar la demanda niega tal relación contractual, señalando que no tuvo intervención en aquellas tratativas realizadas entre el demandante y su cónyuge. Ac

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Santiago, treinta y uno de enero dos mil veinticinco. Vistos: En estos antecedentes Ingreso Corte N°7012-2021 Civil correspondiente a la causa Rol C- 26134-2018 seguida ante el 3° Juzgado Civil de Santiago, caratulada “Biggemann con Mardones”, por sentencia de siete de junio de dos mil veintiuno, se resolvió. “I.- Se rechaza la tacha deducida por la demandada en contra del testigo sr. Juan Carlos

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