JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

ALIMENTOS, CESACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose los requisitos que establece el artículo 1° inciso tercero de la Ley 14.908, teniendo en consideración las circunstancias personales de la alimentante, como su edad (75 años) y su pertenencia al registro social de hogares según documento acompañado, todo lo cual da cuenta de antecedentes que ameritan la interposición de la presente demanda, a pesar de encontrarse inscrita en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, SE REVOCA la resolución de fecha treinta de enero de dos mil veinticuatro, escrita a folio 8 en el expediente digital,...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Al folio 14: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, cumpliéndose los requisitos que establece el artículo 1° inciso tercero de la Ley 14.908, teniendo en consideración las circunstancias personales de la alimentante, como su edad (75 años) y su pertenencia al registro social de hogares según documento

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