JUZGADO DE GARANTIA DE MOLINA

MP C/ CRISTOFER IGNACIO PAREDES REYES Y MARCOS ALFREDO DIAZ REYES

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, la dinámica de los hechos, los elementos probatorios allegados y la naturaleza de la imputación penal sostenida por el Ministerio Público, así como lo expuesto en estrados por los intervinientes que participaron en esta audiencia, conforme además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de enero del año en curso, inserta en la carpeta virtual RIT 1-168-2025 del Juzgado de Garantía de Molina, que denegó la medida cautelar personal de prisión preventiva de los imputados Cristofer Ignacio Paredes Reyes y Marcos Alfredo Díaz Reyes, y en su lugar, se declara que se decreta la prisión preventiva respecto de los imputados ya individualizados, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-119-2025.

Fallo

se declara que se decreta la prisión preventiva respecto de los imputados ya individualizados, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-119-2025.

Texto Completo (Preview)

Talca, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, la dinámica de los hechos, los elementos probatorios allegados y la naturaleza de la imputación penal sostenida por el Ministerio Público, así como lo expuesto en estrados por los intervinientes que participaron en esta audiencia, conforme además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 35

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