JUZGADO DE GARANTIA DE LAUTARO

MP C/ IAN AXEL PAINE CAYUPAN

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala estimando necesario señalar que para efectos de la discusión de la internación provisoria de este imputado menor de 18 años, parecen fundadas los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Pena, esto es, que existen antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga y que los mismos permiten presumir fundadamente que el imputado ha tenido participación en el delito, en relación con el ilícito por el cual el adolescente ha sido formalizado en autos, no obstante lo señalado por la defensa en esta ocasión. Que, en cuanto a la necesidad de cautela y teniendo en consideración que el imputado ya presenta una condena como adolescente por dos delitos, uno de robo con intimidación y otro de robo con violencia en la cual se le impuso una pena de libertad asistida, de la cual se desconoce si inició o no su cumplimiento, y teniendo presente que en los hechos por los cuales ahora se le investiga habrían participado más de un imputado, la sanción probable que se puede llegar a imponer ante la eventualidad de ser condenado, incluso, independiente de esta, se estima que la libertad del Ian Axel Paine Cayupán constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual, SE REVOCA la resolución de fecha veintidós de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Lautaro, que impuso medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal y, en su lugar se decreta la internación provisoria del imputado Ian Axel Paine Cayupán. Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro (S) Sr. Federico Gutiérrez Salazar, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-115-2025. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala estimando necesario señalar que para efectos de la discusión de la internación provisoria de este imputado menor de 18 años, parecen fundadas los presu

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