SIN INFORMACION

GODOY/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Edicson Rafael Godoy Apostol, ciudadano venezolano, domiciliado en calle Junquillar 3446, comuna de Puente Alto, e interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que estima ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de carta de nacionalización, lo que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, así como lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley N°19.880 y artículo 37 de la Ley N°21.325. Expone que el recurrente ingresó su solicitud de nacionalización el 16 de diciembre de 2023 y que a la fecha no ha recibido ninguna respuesta ni se ha liberado la orden para el pago de los derechos asociados al beneficio solicitado, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal, toda vez que a la fecha de interposición del presente recurso ha transcurrido un plazo excesivo sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada, estimando que dicho actuar infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880, siendo improcedente al efecto la excepción de caso fortuito contemplada en la ley. Asimismo, denuncia que la recurrida no ha adoptado medidas reales y eficaces que tiendan a atender las peticiones planteadas por los administrados, dentro de un procedimiento administrativo reglado, con plazos que obligan a las autoridades y personal de la administración. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso, ordenando al recurrido pronunciarse sobre su solicitud de carta de nacionalización dentro de un plazo no mayor a 60 días, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migra

Fundamentos

considerando que no asiste al actor un derecho indubitado a exigir un pronunciamiento favorable en su favor. Sexto: Que, de este modo, es posible concluir que el Servicio recurrido sólo se encuentra tramitando la referida solicitud de nacionalización formulada por el recurrente, respecto de la que, como se dijo, éste no tiene un derecho indubitado, por lo que este recurso no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Edicson Rafael Godoy Apóstol, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°5739- 2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Edicson Rafael Godoy Apostol, ciudadano venezolano, domiciliado en calle Junquillar 3446, comuna de Puente Alto, e interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que estima ilegal y arb

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica