SIN INFORMACION

AYALA CANALES ASHLEY JAVIERA/ SUSESO-ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Ashley Ayala Canales, quien mediante formulario tipo dispuesto por esta Corte, deduce acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social e Isapre Colmena Golden Cross, por cuanto mediante Resolución Exenta N°R-01-UNAAD-104880-2024, de fecha 02 de julio de 2024, emitida por la Superintendencia de Seguridad Social, fue rechazada la licencia médica 3-82144113, acto que considera ilegal y arbitrario porque le han rechazado su descanso prenatal y han vulnerado su derecho a la vida y a la integridad física y psíquica. Solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta, y se ordene el pago de su descanso prenatal. Segundo: Que, evacuando informe por la Isapre Colmena Golden Cross S.A., comparece la abogada Claudia Breton Jara, quien hace presente que con fecha 25 de julio de 2024, la licencia reclamada fue autorizada por su representada, teniendo fecha de pago de subsidios para el 6 de agosto de 2024, y de pago de las cotizaciones asociadas el 12 de agosto de 2024. Por lo expuesto, pide rechazar el recurso de protección, por haber perdido oportunidad, con costas. Tercero: Que, evacuando informe por la Superintendencia de Seguridad Social, comparece el abogado Tomás Garro Gómez, quien solicita tener presente que, según señala textualmente la Isapre Colmena Golden Cross S.A. mediante escrito de fecha 31 de julio de 2024 “…con fecha 25 de julio de 2024, la licencia reclamada fue autorizada por mi representada. Tiene fecha de pago de subsidios para el 6 de agosto de 2024, y de pago de las cotizaciones asociadas el 12 de agosto de 2024…”, de manera que de acuerdo con lo informado por la Isapre y los documentos que acompaña a su informe, la acción constitucional de autos habría perdido oportunidad, correspondiendo su rechazo por dicha causa. Por lo expuesto, pide tener por evacuado informe, y se rechace la acción de protección interpuesta, por haber perdido oportunidad Cuarto: Que, el llamado recurso de

Fallo

Por lo expuesto, pide rechazar el recurso de protección, por haber perdido oportunidad, con costas. Tercero: Que, evacuando informe por la Superintendencia de Seguridad Social, comparece el abogado Tomás Garro Gómez, quien solicita tener presente que, según señala textualmente la Isapre Colmena Golden Cross S.A. mediante escrito de fecha 31 de julio de 2024 “…con fecha 25 de julio de 2024, la licencia reclamada fue autorizada por mi representada. Tiene fecha de pago de subsidios para el 6 de agosto de 2024, y de pago de las cotizaciones asociadas el 12 de agosto de 2024…”, de manera que de acuerdo con lo informado por la Isapre y los documentos que acompaña a su informe, la acción constitucional de autos habría perdido oportunidad, correspondiendo su rechazo por dicha causa. Por lo expuesto, pide tener por evacuado informe, y se rechace la acción de protección interpuesta, por haber perdido oportunidad Cuarto: Que, el llamado recurso de protección se define como una acción cautelar de ciertos derechos fundamentales frente a los menoscabos que puedan experimentar como consecuencias de acciones u omisiones ilegales o arbitrarias de la autoridad o de particulares. Son presupuestos de esta acción cautelar: a) que exista una acción u omisión ilegal o arbitraria; b) que como consecuencia de la acción u omisión ilegal o arbitraria se prive, perturbe o amenace un derecho; y c) que dicho derecho esté señalado como objeto de tutela en forma taxativa en el artículo 20 de la Constituci

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo a los escritos folios 17 y 18: téngase presente. C.A. de Santiago Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Ashley Ayala Canales, quien mediante formulario tipo dispuesto por esta Corte, deduce acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social e Isapre Colmena Golden Cross, por c

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