M.P C/ VALENTINA PAZ VASQUEZ MORALEDA
Rol
Fecha
31 de enero de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y teniendo, únicamente, presente: Que, por la naturaleza del delito de que se trata y la pena asignada por la ley al mismo, constituyen antecedentes que justifican imponer a la imputada Valentina Paz Vásquez Moraleda la medida cautelar de internación provisoria, toda vez que su libertad se considera peligrosa para la seguridad de la sociedad, por lo que la resolución el alzada será enmendada en la forma que se dirá. Atendido lo anterior, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de treinta de enero del año en curso, que no dio lugar a la medida cautelar personal de internación provisoria respecto de la imputada VALENTINA PAZ VÁSQUEZ MORALEDA, inserta en la carpeta virtual RIT 1-498-2025 del Juzgado de Garantía de Linares y, en su lugar se le impone la medida de internación provisoria a la referida imputada, en un establecimiento que señalará el juez del tribunal a quo. Anonimícese y comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-118-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo, únicamente, presente: Que, por la naturaleza del delito de que se trata y la pena asignada por la ley al mismo, constituyen antecedentes que justifican imponer a la imputada Valentina Paz Vásquez Moraleda la medida cautelar de internación provisoria, toda vez que su libertad se considera peligrosa para la segurid
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