3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ BENJAMIN MATEO MANQUILEF MATTA (ELOÍSA DEL CARMEN MIRANDA VÁSQUEZ)

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en cuenta lo que ha resuelto el tribunal a quo y lo expuesto por el ente persecutor, se coincide con ese criterio, en orden a que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; y ello en razón de la gran cantidad de sustancias estupefacientes, la penalidad de crimen del artículo 3 de la Ley N°20.000, teniendo en cuenta, además, que esta Corte confirmó la prisión preventiva de la imputada el 6 de diciembre pasado, y atendida a que desde esa fecha no han ocurrido hechos nuevos que modifiquen lo anteriormente resuelto, se confirma la resolución apelada de veinte de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó mantener la medida cautelar de prisión preventiva en contra de la imputada Eloísa Del Carmen Miranda Vásquez. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-512-2025 Ruc: 2300933630-3 Rit : O-5466-2024 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Juan Manuel Muñoz Pardo, señor Mario Rojas González y el Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal Relator: María Teresa Pérez – Diego Barahona Digitador

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