MP C/ JELEN ESTEFANIA SEPULVEDA COSTA
Rol
Fecha
31 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y, de conformidad con lo prevenido en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de treinta de enero de dos mil veinticinco dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Se previene que la Ministra Sra. Claudia Parra Villalobos concurre a la confirmación únicamente por haberse declarado ilegal la detención, atendido a que aún se encuentran pendientes los plazos para recurrir en su contra. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Jaime Arancibia Pinto quien estuvo por decretar la medida cautelar de prisión preventiva pues en su concepto existe mérito suficiente para ello, teniendo en consideración la gran cantidad de droga encontrada, las facultades de las que se encuentra revestida la Policía para efectuar los controles vehiculares sospechosos y el hecho de que se encuentre pendiente el plazo para apelar de la declaración de la ilegalidad de la detención realizada por el tribunal. Dese orden de libertad inmediata a la imputada Jelen Sepúlveda Costa, si no estuviere privada de ella por otra causa. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-291-2025.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, se da inicio a esta audiencia a las 10:50 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Jaime Arancibia Pinto, e integrada por la Ministra Interina señora Claudia Parra Villalobos y el Ministro Suplente señor Erik Espinoza
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