SIN INFORMACION

POLCHE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Samuel Polche, haitiano, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la amenaza de expulsión en su contra, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto la resolución impugnada ordenando el inicio de un nuevo proceso, otorgándole un certificado de residencia en trámite. Expone que se enteró del rechazo de la solicitud de residencia definitiva a través de la Resolución Exenta N°24607392, dictada el 31 de diciembre de 2024, por lo que se decretó su abandono del país, debido a que no remitió copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva. Añade que la decisión es ilegal ya que nunca le informaron que las multas que había pagado eran erróneas o se encontraban mal calculadas, desconociendo la razón de aquello. Pide que se acoja el presente recurso, dejando sin efecto la resolución dictada, y ordenar retrotraer el procedimiento administrativo al estado de permitir al amparado el pago de la multa por residencia irregular y continuar la tramitación del procedimiento de solicitud de Residencia Definitiva. Segundo: Que, a su vez, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que el extranjero realizó una solicitud de residencia definitiva el 29 de abril de 2023, habiendo vencido su permiso hace más de 3 años. De este modo, el 19 de julio de 2023 se le informó al amparado que su solicitud no se encontraba en condiciones de avanzar a la etapa de análisis, entre otras razones, por no haber enviado copia de la resolución que acredite que regularizó su situación migr

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por Samuel Polche en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°89-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, en representación de Samuel Polche, haitiano, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto i

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