SIN INFORMACION

NESTOR / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO

Rol

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra interpone recurso de protección en favor de Vorgli Nestor, empleado, haitiano, domiciliado en Gil de Castro 0368, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio Nº580, Piso 6, comuna de Santiago y de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por don Eduardo Cerna Lozano, con domicilio en General Mackenna Nº1314, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de emisión de orden de giro y dictación del acto terminal que apruebe o rechace la solicitud de carta de nacionalización efectuada el 26 de julio de 2023 por su representado, lo que vulnera el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley 19.880. Precisa que efectuó su solicitud de nacionalización en la fecha antes indicada, según consta en documento que acompaña, sin embargo, no ha recibido respuesta por parte del recurrido, quien no ha liberado la orden de giro de los derechos, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Pide que se ordene a la recurrida resolver la solicitud planteada dentro de un plazo máximo de 60 días, con expresa condena en costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, informa respecto al fondo del recurso, señalando que la solicitud del recurrente, presentada el 26 de julio de 2023, se encuentra en etapa de “Primer Análisis” desde el 26 de julio de 2023. En cuanto al tiempo de tramitación, por el aumento exponencial de los flujos migratorios al país, se configura un caso fortuito o fuerza mayor que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento adminis

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Vorgli Nestor, solo en cuanto se dispone que se deberá continuar con la tramitación de rigor hasta su término, en un plazo razonable. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 5100-2024-Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra interpone recurso de protección en favor de Vorgli Nestor, empleado, haitiano, domiciliado en Gil de Castro 0368, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Thayer Correa, ambos domiciliados e

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