MP C/ KRISTEL NATASHA HERNANDEZ AVILA
Rol
Fecha
31 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, concordando con los argumentos expuestos por el juez a quo en cuanto a que los imputados se encuentran privados de libertad por un delito que tiene asignada una pena de crimen, la cantidad de droga que ha sido encontrada en el marco de esta investigación y las circunstancias de comisión del ilícito, todo lo cual hace pensar que para el caso de que sean condenados no podrán acceder a pena sustitutiva alguna, teniendo presente además que la situación particular de la menor de edad, - hija de la imputada en estos autos -, está en conocimiento del Juzgado de Familia de Temuco, SE CONFIRMA la resolución en alzada de fecha veinticuatro de enero del año en curso, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a los imputados KRISTEL NATASHA HERNANDEZ AVILA y RAMÓN ANTONIO RIVERO MADARIAGA, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más expedita y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-121-2025. (csd)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Al folio 4: A lo principal, primer y segundo otrosí: Téngase presente. A folios 5 y 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, concordando con los argumentos expuestos por el juez a quo en cuanto a que los imputados se encuentran privados de libertad p
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