JUZGADO DE GARANTIA DE COYHAIQUE

MP C/ WALDEMAR ALEJANDRO SANHUEZA QUINIYAO

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

MALVERSACIÓN DE CAUDALES PUBLICOS.ARTS.233, 234, 235 Y 236.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes, las alegaciones de los intervinientes y estimando que, con la presentación del requerimiento formulado en procedimiento simplificado en contra del encartado Waldemar Alejandro Sanhueza Quiniyao, se entiende cerrada la investigación por parte del Ministerio Público, a lo que se añade que en el caso concreto dicha situación fue expresamente declarada en el libelo por el Fiscal compareciente, sin que la exigencia de la declaración judicial pretendida por el apelante tenga asidero legal y, debiendo ser apreciado, por último, el extenso lapso en que aquél pudo haber ejercido el derecho que hoy reclama, por lo que, en consecuencia, se vislumbra extemporánea la presentación de la querella interpuesta por parte del Consejo de Defensa del Estado, concordando con el parecer del Juez del grado, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 112, 114, 115 y 370, todos del Código Procesal Penal, se declara que SE CONFIRMA la resolución recurrida de fecha seis de enero de dos mil veinticinco, en cuanto por ella se declaró la inadmisibilidad de la querella deducida por el Consejo de Defensa del Estado, por extemporánea, en contra del encartado WALDEMAR ALEJANDRO SANHUEZA QUINIYAO. Regístrese y devuélvase. Rol N° 12-2025 (Penal).

Fallo

se declara que SE CONFIRMA la resolución recurrida de fecha seis de enero de dos mil veinticinco, en cuanto por ella se declaró la inadmisibilidad de la querella deducida por el Consejo de Defensa del Estado, por extemporánea, en contra del encartado WALDEMAR ALEJANDRO SANHUEZA QUINIYAO. Regístrese y devuélvase. Rol N° 12-2025 (Penal).

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, treinta de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes, las alegaciones de los intervinientes y estimando que, con la presentación del requerimiento formulado en procedimiento simplificado en contra del encartado Waldemar Alejandro Sanhueza Quiniyao, se entiende cerrada la investigación por parte del Ministerio Público, a lo que se añade que en e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica