JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CHILLAN

ESPINOSA CON LA POLAR S.A

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

hechos y la normativa aplicable. A continuación, la recurrente hace hincapié en una serie de situaciones por las que atraviesa la empresa, señalando que el fallo no sólo incurre en errores graves en la apreciación de los hechos, sino que también se aparta de los principios jurídicos que rigen la causal de despido por "necesidades de la empresa". Señala que existió una incorrecta valoración de la situación económica de su representada, puesto que se desestimó la justificación del despido bajo la causal antes indicada, al afirmar que esta es consecuencia directa de malas decisiones empresariales, sin embargo, dicha aseveración no se sustenta en un análisis adecuado de la prueba presentada, ni en una correcta comprensión de los hechos. Agrega que el tribunal reconoció la existencia del difícil estado económico por el que atraviesa La Polar, lo cual fue debidamente acreditado mediante estados financieros, informes y análisis razonados que documentan pérdidas significativas en los últimos años, pero a pesar de esta prueba objetiva, el juez decidió desestimar la causal de despido invocada, basándose en la presunción de que las dificultades económicas de la empresa son consecuencia de una mala gestión, lo cual es erróneo, ya que desvía la atención del análisis legal que corresponde, introduciendo un juicio subjetivo sobre la calidad de las decisiones empresariales que no fue objeto de debate ni de prueba en el proceso. Adiciona, además, que existió una falta de enfoque en los puntos de prueba relevantes, los que se centraban en determinar si existía una situación económica lo suficientemente grave como para justificar el despido de la demandante, sin embargo, el tribunal, en lugar de centrarse en evaluar la existencia de tal situación, decidió emitir un juicio de valor sobre la gestión de la empresa, lo que constituye una desviación clara de los puntos, que se debían resolver, introduciendo elementos ajenos al litigio, como la calidad de las decisiones empresariales, la

Fundamentos

considerando: 1°.- Que, la abogada doña FRANCESCA GEORGINA VICENCIO LOBOS, en representación de la parte demandada Empresas La Polar S.A., interpuso como primera causal de nulidad la prevista en el artículo 478 letra e) en relación con el artículo 459 N°4, ambos del Código del Trabajo. La recurrente después de hacer algunas consideraciones que hace el autor don Omar Astudillo Contreras, acerca de esta causal de nulidad y transcribir el motivo Segundo del

Fallo

fallo recurrido, argumenta, en síntesis, que la valoración de la prueba realizada es deficiente y distorsiona los hechos y la normativa aplicable. A continuación, la recurrente hace hincapié en una serie de situaciones por las que atraviesa la empresa, señalando que el fallo no sólo incurre en errores graves en la apreciación de los hechos, sino que también se aparta de los principios jurídicos que rigen la causal de despido por "necesidades de la empresa". Señala que existió una incorrecta valoración de la situación económica de su representada, puesto que se desestimó la justificación del despido bajo la causal antes indicada, al afirmar que esta es consecuencia directa de malas decisiones empresariales, sin embargo, dicha aseveración no se sustenta en un análisis adecuado de la prueba presentada, ni en una correcta comprensión de los hechos. Agrega que el tribunal reconoció la existencia del difícil estado económico por el que atraviesa La Polar, lo cual fue debidamente acreditado mediante estados financieros, informes y análisis razonados que documentan pérdidas significativas en los últimos años, pero a pesar de esta prueba objetiva, el juez decidió desestimar la causal de despido invocada, basándose en la presunción de que las dificultades económicas de la empresa son consecuencia de una mala gestión, lo cual es erróneo, ya que desvía la atención del análisis legal que corresponde, introduciendo un juicio subjetivo sobre la calidad de las decisiones empresariales que

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Chillán, treinta de enero de dos mil veinticinco. V I S T O: Que en esta causa RIT: M-350-2024 RUC: 24- 4-0599274-0, la abogada doña FRANCESCA GEORGINA VICENCIO LOBOS, en representación de la parte demandada Empresas La Polar S.A., dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada el día 27 de septiembre de 2024, por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán, don JUAN

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