LARRAÍN/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que Luis Alberto Contreras Benavides, abogado, recurre de protección a favor de Mabel Jessica Larraín Jara y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes por los descuentos que estaría realizando de sus remuneraciones en cobro de un crédito social, desde septiembre de 2024, lo que considera arbitrario, ilegal y contrario a sus garantías establecidas en los numerales 16° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Argumenta que dichos descuentos serían arbitrarios e ilegales por haber un juicio ejecutivo en tramitación para el cobro del mismo crédito social, en etapa de embargo, siendo incompatibles la vía judicial y extrajudicial de cobro. Cita jurisprudencia en el sentido que propone. Pide que se ordene el cese de los descuentos indicados, la restitución de los montos ya descontados y la condena en costas de la recurrida. Segundo: Que la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes evacuó informe. Reconoce que se está efectuando descuentos de las remuneraciones de la recurrente, pero no el cobro del crédito que esta individualiza, que es el 208COS100130425, sino que la reprogramación del mismo, la que sería posterior al juicio ejecutivo que funda el recurso. En estas circunstancias, sostiene que no hay incompatibilidad entre dicho juicio y los descuentos efectuados a la remuneración del recurrente, pues no serían en cobro del mismo crédito. Agrega que el crédito cobrado mediante los descuentos está plenamente vigente, no se encuentra prescrito, de tal manera que su recaudación está de acuerdo al mecanismo establecido en el artículo 22 de la Ley N°18.833. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Luego, es requisito indispensable de la acción de protección la existencia, por un lado, de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho o voluntad de quien incurre en el- y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado. Cuarto: Que el presente recurso debe desestimarse por no existir un derecho indubitado que resguardar, atendida la controversia respecto a si el crédito que se está cobrando en el juicio ejecutivo es o no el mismo que se está persiguiendo mediante los descuentos que se impugnan, en circunstancias que la identidad de estos créditos es el fundamento del recurso de protección.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza el recurso interpuesto a favor de Mabel Jessica Larrain Jara y en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes. Acordada desechada la indicación previa de la abogada integrante Sra. Infante en orden a no entrar al fondo del asunto y solicitar a la recurrida que acompañe todos los antecedentes relativos a la reprogramación del crédito a que se refiere el recurso y, en consecuencia, suspender el decreto en relación. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-21436-2024. En Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que Luis Alberto Contreras Benavides, abogado, recurre de protección a favor de Mabel Jessica Larraín Jara y en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes por los descuentos que estaría realizando de sus remuneraciones en cobro de un crédito social, desde septiembre de 2024,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica