JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/SANDRA GENOVEVA MARDONES DÍAZ

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de la imputada en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la naturaleza y gravedad del delito, forma de comisión del ilícito, el bien jurídico afectado, la circunstancia de registrar antecedentes penales pretéritos por delito de la misma especie y la posible pena a imponer, junto con su eventual forma de cumplimiento, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintidós de enero del año en curso, dictada en los autos RIT 499-2025 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de la imputada Sandra Genoveva Mardones Díaz. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°297-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

Fecha: a treinta de enero de dos mil veinticinco. Sala: Primera Rol Corte: 297-2025 RIT: 499-2025 Ruc: 2300317062-4 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Natalia Arancibia Sepúlveda Abogado asesor del Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensor privado: Mauricio Cortes Pinto Imputado: Sandra Genoveva Mardones Díaz Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Delito: Tráfico il

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