VÁSQUEZ/COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ DE LA SECRETARÍA REGIONAL
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CH INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, del mérito de los antecedentes y el reconocimiento expreso del recurrente, aparece que el último acto que se pronuncia sobre las licencias médicas del recurrente, emanado de la Superintendencia de Seguridad Social, se encuentra datado de 9 de mayo de 2024, en circunstancias que el libelo se interpuso el 29 de enero del año en curso, esto es, una vez transcurrido el término de 30 días corridos dispuesto para la interposición de la acción cautelar ejercida, de conformidad con lo dispuesto en el N°1 del Texto Refundido del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto a folio 1, por extemporáneo. Archívese, en su oportunidad. N°343-2025 Protección
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto a folio 1, por extemporáneo. Archívese, en su oportunidad. N°343-2025 Protección
Texto Completo (Preview)
CH (nbm) San Miguel, treinta de enero de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Que, del mérito de los antecedentes y el reconocimiento expreso del recurrente, aparece que el último acto que se pronuncia sobre las licencias médicas del recurrente, emanado de la Superintendencia de Seguridad Social, se encuentra datado de 9 de mayo de 2024, en circunstancias que el libelo se interpuso el
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