SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE (HOSPITAL EL SALVADOR)/DECIMO OCTAVO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO - (LTE)
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que la demandada, el Servicio de Salud Metropolitano Oriente, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de septiembre pasado, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago, en juicio ordinario de mayor cuantía sobre indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, Rol N° C- 8685-2023, que no concedió el recurso de apelación deducido, en contra de la resolución que rechazó su incidente de abandono de procedimiento. Señala que el tribunal no dio tramitación a su recurso de apelación por considerar que la resolución no tenía la naturaleza jurídica de aquellas susceptible de ser impugnadas por ese medio. Alega que la decisión de no dar lugar a la declaración de abandono del procedimiento solicitada por esa demandada es una sentencia interlocutoria, pues resuelve un incidente estableciendo derechos permanentes para las partes y, por tanto, es apelable, no correspondiendo distinguir si la resolución acoge o rechaza el artículo para adoptar un criterio de admisibilidad o inadmisibilidad. Finaliza pidiendo que se acoja el recurso de hecho y se declare admisible el recurso de apelación, a fin de que sea conocido por esta Corte. SEGUNDO: Que, informando el recurso, doña Lidia María Ferrada Valdebenito, Jueza Subrogante del 18° Juzgado Civil de Santiago, indica que mediante resolución de fecha 11 de septiembre del año en curso, el tribunal desestimó, sin costas, el incidente de abandono del procedimiento promovido por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente. Añade que con fecha 17 de septiembre del mismo año, el demandado dedujo recurso de apelación en contra de la resolución antes descrita, respecto de la cual esa Magistratura resolvió “Atendido que el recurso de apelación procede en contra de sentencias definitivas e interlocutorias de primera instancia y en el caso de autos y decretos cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados
Fallo
por tanto, es apelable, no correspondiendo distinguir si la resolución acoge o rechaza el artículo para adoptar un criterio de admisibilidad o inadmisibilidad. Finaliza pidiendo que se acoja el recurso de hecho y se declare admisible el recurso de apelación, a fin de que sea conocido por esta Corte. SEGUNDO: Que, informando el recurso, doña Lidia María Ferrada Valdebenito, Jueza Subrogante del 18° Juzgado Civil de Santiago, indica que mediante resolución de fecha 11 de septiembre del año en curso, el tribunal desestimó, sin costas, el incidente de abandono del procedimiento promovido por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente. Añade que con fecha 17 de septiembre del mismo año, el demandado dedujo recurso de apelación en contra de la resolución antes descrita, respecto de la cual esa Magistratura resolvió “Atendido que el recurso de apelación procede en contra de sentencias definitivas e interlocutorias de primera instancia y en el caso de autos y decretos cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, situación que no se cumple respecto de la resolución que recurre, se resuelve no ha lugar, por inadmisible”. Plantea que salvo mejor parecer de esta Corte, estima que la resolución que deniega un incidente de abandono del procedimiento no es una resolución apelable por cuanto no constituye una sentencia interlocutoria al no establecer derechos permanentes en favor de las partes, como así ta
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco. Al folio 14; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que la demandada, el Servicio de Salud Metropolitano Oriente, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de septiembre pasado, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago, en juicio ordinario de mayor cuantía sobre indemnización de perjuicios por r
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica