C/ LUIS ALEJANDRO SEGUEL AGUILAR
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten.
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 370 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintitrés de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, por la que se decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Luis Alejandro Seguel Aguilar. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Penal N° 475-2025 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-475-2025 Ruc: 2500106005-0 Rit : O-588-2025 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministras señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo Relatora (S): María Teresa Pérez León Digitadora: C
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