MUND Y FESTER GMBH/GÓMEZ BALMACEDA JOSE - (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO Primero: Que comparece don Jaime Rojas Rojas, abogado, en representación convencional de Mund & Fester GmbH, en los autos arbitrales, caratulados “Mund & Fester GMBH & Co. KG, con Marines Eleven International S.A., propietarios y armadores de la moto nave “HMM Blessing”, Rol Arbitral N°764 seguidos ante el señor Juez Árbitro don Rafael Gómez Balmaceda, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 21 de agosto del 2024, que denegó el recurso de apelación subsidiario interpuesto por su parte mediante escrito de fecha 6 de agosto del 2024 en contra de la resolución de treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro que tuvo por acompañado un documento a pesar de encontrarse vencido el término probatorio. Indica que el recurso de apelación es procedente, según lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, pues recae sobre un decreto que altera la sustanciación regular del juicio, toda vez que tiene por acompañado un documento, con citación, luego de transcurrido el término probatorio, contraviniendo expresamente lo dispuesto en el artículo 348 del mismo cuerpo legal. Solicita se acoja el recurso, se deje sin efecto la resolución de 21 de agosto de 2024, declarando que se concede el recurso de apelación subsidiario interpuesto en lo principal del escrito presentado el 6 de agosto de 2024. Segundo: Que, informando al tenor del recurso, el Sr. Árbitro en Derecho, don Rafael Gómez Balmaceda, refiere que la resolución respecto de la que se repuso con apelación en subsidio no es de aquellas que alteran la substanciación regular del juicio, por lo que se declaró inadmisible el recurso de apelación a su respecto. Tercero: Que, atendido al tenor de lo dispuesto en el artículo 348 del Código de Procedimiento Civil, “los instrumentos podrán presentarse en cualquier estado del juicio hasta el vencimiento del término probatorio en primera instancia, y hasta la vista de la causa en segunda instancia”, motivo por el cual la resolución impugnada no es de aquellas que alteran la sustanciación regular del juicio, motivo por el cual el arbitrio no podrá prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 170, 187, 188, 194, 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Jaime Rojas Rojas, en representación de Mund & Fester GmbH, en contra de la resolución de treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el señor Juez Árbitro don Rafael Gómez Balmaceda. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Civil-14063-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, la Ministra (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y la Abogado Integrante señora Sara Genevieve Moreno Fernández. En Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO Primero: Que comparece don Jaime Rojas Rojas, abogado, en representación convencional de Mund & Fester GmbH, en los autos arbitrales, caratulados “Mund & Fester GMBH & Co. KG, con Marines Eleven International S.A., propietarios y armadores de la moto nave “HMM Blessing”, Rol Arbitral N°764 seguidos ante el s
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