SIN INFORMACION

KINDELAN SALAZAR ERNESTO /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos: 1°. Que, se ha recurrido de amparo a favor de Ernesto Kindelan Salazar en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando que esta Corte restablezca el imperio del derecho, ordenándole a la recurrida dejar sin efecto la resolución que rechazó su solicitud de residencia temporal y dispuso su abandono del país. 2°. Que, de los documentos acompañados se desprende que el afectado tiene su domicilio en la comuna de San Miguel, Región Metropolitana, de lo que se concluye que el acto supuestamente arbitrario o ilegal se cometió o produjo sus efectos en una ciudad que está fuera del territorio jurisdiccional de esta Corte de Apelaciones, la que en consecuencia es incompetente para conocer y resolver de esta acción de cautela de garantías constitucionales. Por lo expuesto y teniendo en consideración lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y artículos 55 y 63 numeral 2° letra b) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer y resolver el recurso deducido a favor de Ernesto Kindelan Salazar, debiendo remitirse vía interconexión, por la vía más rápida los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto, sirviendo la presente resolución de atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad. Enmiéndese la caratula, cúmplase a la brevedad por la unidad de causas. N°Amparo-358-2025.

Fallo

Por lo expuesto y teniendo en consideración lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y artículos 55 y 63 numeral 2° letra b) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer y resolver el recurso deducido a favor de Ernesto Kindelan Salazar, debiendo remitirse vía interconexión, por la vía más rápida los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto, sirviendo la presente resolución de atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad. Enmiéndese la caratula, cúmplase a la brevedad por la unidad de causas. N°Amparo-358-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Hog. Valparaíso, treinta de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio 1, Ingreso recurso: Vistos: 1°. Que, se ha recurrido de amparo a favor de Ernesto Kindelan Salazar en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando que esta Corte restablezca el imperio del derecho, ordenándole a la recurrida dejar sin efecto la resolución que rechazó su solicitud de residenc

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