MAGALY ANGELICA BARRERA TORRES CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ABANDONADO RECURSO
Hechos
VISTOS: No habiendo comparecido la recurrente de nulidad y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 481, inciso final, del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso deducido por la abogada Carolina Pizarro Montalva, por su representada Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz, en contra de la sentencia de uno de siete de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Regístrese y devuélvase por la vía correspondiente. Se ordena notificar por el estado diario. N°Laboral - Cobranza-610-2024.
Fallo
se declara abandonado el recurso deducido por la abogada Carolina Pizarro Montalva, por su representada Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz, en contra de la sentencia de uno de siete de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Regístrese y devuélvase por la vía correspondiente. Se ordena notificar por el estado diario. N°Laboral - Cobranza-610-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción RDM/scc Concepción, treinta de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: No habiendo comparecido la recurrente de nulidad y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 481, inciso final, del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso deducido por la abogada Carolina Pizarro Montalva, por su representada Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz, en contra de la senten
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