SIN INFORMACION

DABED PORTILLO/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Emilia Vásquez Dabed, abogada, en favor de doña Zaida de las Mercedes Dabed Portillo, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cobertura de salud mental limitada y discriminatoria para el plan de salud de la actora, lo que conculca los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso en que su plan de salud RAU1115, es de aquellos que poseen una cobertura restringida en prestaciones de salud mental, realizando una distinción en bonificaciones para las prestaciones de consulta en psiquiatría, psicología y hospitalización psiquiátrica, a diferencia de la cobertura y topes, asignados para las mismas prestaciones relativas a la salud física. Refiere que el marco normativo que permitía una cobertura reducida en prestaciones de salud mental fue derogado por la Ley N°21.331, de manera tal que al otorgar la recurrida una cobertura disminuida a los trastornos del comportamiento y del ánimo, incumple con el principio del mismo trato entre prestaciones de salud mental y física, entregando una cobertura inferior de la que legalmente corresponde, cuestión que importa una vulneración de las garantías constitucionales referidas. Finaliza solicitando se ordene a la recurrida adecuar el plan, realizando los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sean equiparadas a las de salud física y se disponga la restitución en dinero de todas las sumas en tuvo que incurrir con motivo de la no cobertura y la fijación de topes menores de los actos descritos; todo ello con costas. Acompaña a su recurso: 1. Plan de salud; y 2. Certificado de afiliación. SEGUNDO: Que a folio 12, comparece la recurrida Isapre Banmédica S.A., alegando, en primer lugar, la extemporaneidad del recurso intentado. Al efecto, refiere que la actora conoce la cobertura de salud limitada que por esta vía reclama desde la suscripción de su plan, esto es, el 1 de mayo de 1990. Lo mismo acontece si el plazo de interposición se computa desde la publicación de la Ley N°21.331 o la Circular IF/N°396, de mayo y noviembre de 2021, respectivamente. En subsidio, emite el informe requerido, señalando que no se aprecia en el recurso ningún hecho concreto o actuar determinado que se reclame derechamente como arbitrario, ilegal y/o vulneratorio de garantías constitucionales, así como tampoco existe ninguna prestación de salud que haya requerido, por la que reclame disconformidad siquiera. Argumenta que la nueva legislación no ha establecido una obligación legal o administrativa para las Isapres en el sentido de modificar planes anteriores, sino que sólo se considera la nueva regulación para planes de salud contratados con posterioridad al 1 de marzo de 2022. Esgrime esta no es la vía idónea para resolver el asunto controvertido, sino que los procedimientos estableci

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, la alegación de extemporaneidad planteada por la recurrida Isapre Banmédica S.A. II.- Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Zaida de las Mercedes Dabed Portillo, en contra de Isapre Banmédica S.A., sólo en cuanto se ordena a la recurrida equiparar la cobertura de las prestaciones de salud mental a las de salud física. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°2049-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

Dabed Portillo Isapre Banmédica S.A. Recurso de protección Rol N°2049-2024 La Serena, treinta de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Emilia Vásquez Dabed, abogada, en favor de doña Zaida de las Mercedes Dabed Portillo, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto ilegal y arbitrario consistente en otorgar una cob

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