SIN INFORMACION

VALDES AGUILAR MARIA ISABEL/ SUSESO

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece, mediante formulario, doña María Isabel Valdés Aguilar, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Señala que de acuerdo a la Resolución Exenta emitida por la Superintendencia recurrida con fecha 5 de septiembre de 2024 le fueron rechazadas las licencias médicas 15934697-8, 15934698-6, 16558281-0 y 16558280-2, lo que vulnera su derecho a la vida y la integridad física y síquica, además de la igualdad ante la ley. Solicita en definitiva dejar sin efecto la Resolución Exenta señalada y se le paguen sus licencias médicas. Segundo: Que a folio 4 informa don Rodrigo Campos Cortés, por la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana (COMPIN R.M.). Indica que el recurso de protección se dirige en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la COMPIN R.M., impugnando el rechazo de las licencias médicas N°15934698-6, 15934697-8, 16558281-0 y 16558280-2, extendidas por un total de 240 días, a contar del 19 de septiembre de 2023, por reposo no justificado. Señala que respecto a las licencias médicas N°15934698-6 y 15934697-8, la COMPIN R.M. fundamentó su rechazo en la ausencia de informe médico protocolizado, plan terapéutico que justificara el rol del reposo, y exámenes que sustentaran el periodo de reposo laboral solicitado. En relación con las licencias médicas N°16558281-0 y 16558280-2, el rechazo se basó en que la recurrente no presentó antecedentes médicos que justificaran la prolongación y rol terapéutico de la licencia médica más allá del tiempo previamente autorizado. Aduce que la recurrente interpuso recurso de reposición en contra de dicha Resolución, el cual fue nuevamente rechazado por la COMPIN R.M., argumentando que se trataba de una patología crónica cuyo reposo no cumplía un rol tera

Fundamentos

fundamentos considerados para adoptar la medida. Sostiene que sus actuaciones se enmarcan en los parámetros objetivos dispuestos por la Ley y las Normativas vigentes, buscando asegurar que el uso de las licencias médicas cumpla efectivamente su finalidad terapéutica y de carácter transitorio mientras el trabajador recupera su salud para reintegrarse a sus funciones laborales. Tercero: Que a folio 11 la recurrente amplía su recurso, en el sentido de agregar al mismo el reclamo de las licencias médicas N°4-15934697, 4-15934698, 4-16558281, 4-17128136 y 4-17128135, por las mismas patologías y continuas a las informadas en el recurso principal. Cuarto: Que a folio 19 informa don Roberto Barraza Saavedra, en representación de la Superintendencia de Seguridad Social. Alega la improcedencia de la acción de protección en materias relacionadas con el derecho a la Seguridad Social, fundamentando que el asunto debatido se encuentra relacionado con una garantía constitucional establecida en el artículo 19 N°18 de la Constitución Política de la República, la cual no se encuentra amparada por la presente acción cautelar, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Carta Fundamental. Sostiene que la autorización, rechazo o modificación de una licencia médica, así como las reconsideraciones y apelaciones derivadas de tales resoluciones, son materias propias del ámbito de la Seguridad Social. En este contexto, la jurisprudencia ha determinado que dichas materias no son susceptibles de ser revisadas a través del recurso de protección, sino que deben ser ventiladas en la sede administrativa o judicial correspondiente. En cuanto al fondo, señala que la recurrente concurrió ante la Superintendencia mediante presentación de fecha 22 de agosto de 2024, solicitando la reconsideración de la Resolución Exenta N°R-01-UME-79528-2024, a través de la cual se confirmó lo resuelto por la COMPIN de la Región Metropolitana, que rechazó las licencias médicas N°s 15934698-6, 15934697-8, 16558281-0 y 16558280-2, extendidas por un total de 240 días a contar del 19 de septiembre de 2023, por la causal de reposo injustificado. Señala que el organismo fiscalizador, tras analizar los antecedentes médicos y administrativos se determinó que no había alguno que ameritara un nuevo estudio de los antecedentes, y declaró extemporánea la presentación mediante Resolución Exenta N°R-01-UNAAD-141682-2024, de fecha 05 de septiembre de 2024. Destaca que los facultativos de la Superintendencia, específicamente el Dr. Luis Pedraza, informaron que se trata de una mujer de 67 años, con más de 1800 días autorizados a dos empleadores con diagnóstico de lumbago, quien reclama 240 días adicionales. El informe médico indica que la paciente se encuentra en lista de espera para realizar kinesioterapia, sin alta próxima, concluyendo que dado el tiempo de evolución resulta improcedente seguir autorizando reposo, no acreditándose medidas pendientes, además de considerar su condición como irrecuperable

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción deducida por doña María Isabel Valdés Aguilar, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y Comisión de Medicina Preventiva. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N° Protección- 20040-2024.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece, mediante formulario, doña María Isabel Valdés Aguilar, quien deduce acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez. Señala que de acuerdo a la Resolución Exenta emitida por la S

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica