SIN INFORMACION

REYEZ MENDEZ YOAN MANUEL / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Claudia Breatriz Loma, e interpone acción constitucional en favor del ciudadano dominicano Yoan Manuel Reyes Méndez, estudios incompletos, domiciliado en Avenida Francisco Miranda N°2181, comuna de Ñuñoa, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representada legalmente Luis Thayer Correa, por cuanto mediante Resolución Exenta N°133705 de 21 de octubre de 2021, se rechazó su solicitud de permanencia definitiva y dispone su abandono del país, solicitando se deje sin afecto, dando continuidad a su petición migratoria, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho. Expresa que el recurrente ingresó al país en 2013, que en 2016 se le otorgó la permanencia temporal, encontrándose tanto él como su hija, nacida en el territorio nacional, afiliados a Fonasa y que contribuye en la manutención de ella. Afirma que solicita en 2018 la permanencia definitiva, tomando conocimiento a fines de 2023 que aquella había sido denegada y que se disponía su abandono por registrar una condena por el delito de desacato, por el cual ya cumplió condena. Finalmente asevera que el acto recurrido es vulneratorio de su derecho a la libertad personal y seguridad individual por cuanto no toma en consideración que se dedica a labores de mecánica de forma honesta, además de sus antecedentes familiares, contando con una hija y una pareja, ambas de nacionalidad chilena y no considera que tiene derecho a reinsertarse socialmente. Segundo: Que informa al tenor del recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, en atención a que no existe ni ha existido acto u omisión de la administración que vulnere garantías fundamentales del recurrente. Explica que la solicitud de permanencia definitiva fue rechazada porque la persona en cuyo favor se recurre registra una condena según sentencia de 20 de noviembre de 2017, de 541 días de reclusión menor en su grado medio por el deli

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el artículo 19 N°21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Yoan Manuel Reyes Méndez. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°110-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogada doña Stephanie Pinto contra el recurso. San Miguel, 30 de enero de 2025. Florencia Sáez Bugmann, relatora. San Miguel, treinta de enero de dos mil veinticinco. Al escrito folio N° 15: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Claudia Breatriz Loma, e interpone acción constitucional en

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