MP C/ ROBERTO CARLOS JOFRE VALENZUELA
Rol
Fecha
30 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: En proceso R.I.T. 1-291-2.024, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, Primera Sala, el veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, se dictó sentencia en contra de Roberto Carlos Jofré Valenzuela, condenándolo como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto en los artículos 1° y 3° de la Ley N°20.000, relativo a Cannabis Sativa L., cometido en esta ciudad (así) el día 19 de marzo de 2024, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa equivalente en pesos a doce unidades tributarias mensuales y, como autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego, perpetrado en la comuna de San Clemente, en la misma oportunidad, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, con costas, acordada con la prevención de la juez doña Carolina Rojas Araya, quien si bien concurrió a la decisión de condena de Roberto Carlos Jofré Valenzuela, respecto del delito consumado de tenencia ilegal de armas de fuego; estuvo por calificar el primer ilícito por el que fuera condenado, como constitutivo del delito de cultivo o cosecha de especies vegetales del género cannabis, previsto y sancionado en el artículo 8° de la Ley N°20.000. En contra del fallo don Mauricio Alejandro González Morales, abogado, interpone recurso de nulidad por la causal prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, cuando en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 1, 3 y 8 de la
Fundamentos
considerando sexto del
Fallo
fallo don Mauricio Alejandro González Morales, abogado, interpone recurso de nulidad por la causal prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, cuando en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 1, 3 y 8 de la Ley N°20.000. Aduce que, concluido el juicio oral respectivo, los sentenciadores arribaron a la convicción que se encontrarían establecidos los hechos que invoca el considerando sexto del fallo impugnado, esto es: “El 19 de marzo de 2024, alrededor de las 12:35 horas, en la ruta K-55, parcela 143, Lote 3, sector Mata Cabrito, de la comuna de San Clemente, personal de Carabineros realizó un registro autorizado voluntariamente, a la vivienda de propiedad del acusado Roberto Carlos Jofré Valenzuela, quien mantenía al interior de un galpón, gran cantidad de ramas de cannabis sativa, en proceso de secado, un saco de color blanco con 4.470 gramos neto de marihuana elaborada y 112 plantas cosechadas, consistentes en ramas y tallos, sobre el en pick-up de una camioneta estacionada en el mismo sector. Además, en la parte posterior del domicilio, tenía un invernadero de unos 10 por 30 metros, con 130 plantas de marihuana en pleno proceso de crecimiento e hidratadas, y a un costado de la propiedad, un sembradío de maíz, en medio del cual tenía 146 plantas de cannabis sativa, hidratas y en proceso de crecimiento
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Talca, treinta de enero de dos mil veinticinco. Visto: En proceso R.I.T. 1-291-2.024, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, Primera Sala, el veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, se dictó sentencia en contra de Roberto Carlos Jofré Valenzuela, condenándolo como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto en los artículos 1° y 3° de la Ley N°20
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