2º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

GONZÁLEZ CON MORALES

Rol

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: Que, el certificado emitido por don Omar Seguel Bravo, en su calidad de representante legal de la Empresa Litoral Ltda. Colectivos N° 5 sector Diego Portales, de fecha 7 de enero del año 2020, fue ratificado por aquél durante el transcurso del juicio, testigo hábil que no fue tachado y que dio razón de sus dichos. Por lo anterior, correspondía al demandado el acreditar que el monto contemplado en dicho documento no se condecía con la realidad, o bien, que el tiempo que el vehículo no pudo circular fue menor al alegado por el actor, cosa que no realizó, por lo que no queda más alternativa que confirmar la sentencia en alzada. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, dictada, en sus autos Rol C-7855-2019, por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1861-2023 Civil. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema”.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha dieciséis de octubre de dos mil veintitrés, dictada, en sus autos Rol C-7855-2019, por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1861-2023 Civil. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema”.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada. Y se tiene, además, presente: Que, el certificado emitido por don Omar Seguel Bravo, en su calidad de representante legal de la Empresa Litoral Ltda. Colectivos N° 5 sector Diego Portales, de fecha 7 de enero del año 2020, fue ratificado por aquél durante el transcurso del juicio,

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