SIN INFORMACION

AFP PROVIDA S.A./JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE OSORNO

Rol

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1º) Raúl Troncoso Delpiano, abogado, en representación del A.F.P. Provida S.A., en autos ejecutivos sobre cobro de cotizaciones previsionales RIT P-1448-2016, caratulados “A.F.P. Provida S.A. con Sociedad Comercial Hanf y Mesa", seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de veintiuno de diciembre de mil veinticuatro, que negó, atendidas las características de la resolución recurrida, la concesión de un recurso de apelación. 2º) Informó la magistrada Mariángel Cabrera Rabie, jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, señalando que el recurso de apelación es improcedente por aplicación del artículo 8 de la Ley Nº17.322, al tratarse de una resolución no comprendida en dicha disposición, y teniendo además presente lo resuelto por esta Corte en la causa Rol Laboral-Cobranza-250-2022, en la que se declaró inadmisible el recurso de apelación previamente concedido por aquel tribunal, y la Rol Laboral-Cobranza-127-2024, en la que se rechazó un recurso de hecho. 3º) El recurso de hecho es un acto jurídico procesal de parte que se realiza directamente ante el tribunal superior jerárquico, a fin de solicitarle que enmiende con arreglo a derecho la resolución errónea pronunciada por el inferior acerca del otorgamiento o denegación de una apelación interpuesta por él. (Mosquera, Mario y Maturana, Cristián, Los Recursos Procesales, Editorial Jurídica de Chile, 3a edición actualizada, Santiago, 2021, p. 262) En este caso, se ha ejercido el denominado verdadero recurso de hecho, mediante el que se impugna el rechazo de un recurso de apelación que debió ser concedido de acuerdo con las reglas generales. 4º) La controversia radica, en este caso, en la procedencia de un recurso de apelación interpuesto, en subsidio de una reposición, en contra de la resolución que en una audiencia testimonial, llevada a cabo en el marco de un procedimiento ejecutivo de cobro de obligaciones laborales, negó la solicitud

Fallo

Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por el abogado Raúl Troncoso Delpiano, por la ejecutante, en contra de la resolución de veintiuno de diciembre de mil veinticuatro, dictada en causa RIT P-1448-2016, caratulada “A.F.P. Provida S.A. con Sociedad Comercial Hanf y Mesa", seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Laboral - Cobranza-388-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia. Valdivia, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Raúl Troncoso Delpiano, abogado, en representación del A.F.P. Provida S.A., en autos ejecutivos sobre cobro de cotizaciones previsionales RIT P-1448-2016, caratulados “A.F.P. Provida S.A. con Sociedad Comercial Hanf y Mesa", seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, dedujo recurso de hecho en cont

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