SIN INFORMACION

CARLOS GONZALO RUIZ MENDOZA/COMPIN PROVINCIAL CONCEPCION

Rol

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos autos ingreso Corte Rol N° 23.071-24 comparece Andrés Franchi Muñoz, abogado, e interpone recurso de protección a favor de Carlos Gonzalo Ruiz Mendoza, trabajador residente en Concepción, en contra de la Compin Provincial Concepción, representada por Natalia González Peña. El recurso, en síntesis, se basa en la negativa de la Compin a pagar varios subsidios por incapacidad laboral asociados a licencias médicas otorgadas a Ruiz Mendoza, argumentando que no se acreditó la existencia de una relación laboral. En síntesis el recurrente señala que, el 26 de diciembre de 2023, Ruiz Mendoza interpuso un recurso de protección contra cuatro resoluciones de la Compin que autorizaron sus licencias médicas, pero negaron el pago del subsidio. La Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la acción, pero la Excelentísima Corte Suprema revocó esta decisión el 9 de septiembre de 2024, ordenando que se reconsiderara la procedencia del pago de las licencias, dado que se acreditó la relación laboral. Indica que, en cumplimiento aparente a lo ordenado por la Corte Suprema, la Compin dictó el 8 de noviembre de 2024 la Resolución Exenta N° 58, rechazando el derecho a subsidio por incapacidad respecto de las licencias médicas en referencia, basándose en que no se acreditó la solvencia económica del empleador para pagar las remuneraciones pactadas. Esta resolución fue notificada al recurrente el 15 de noviembre de 2024. Argumenta que, esta resolución es ilegal y arbitraria. Es ilegal porque la Compin se arrogó facultades jurisdiccionales exclusivas de los tribunales de justicia, como interpretar la solvencia económica del empleador. Además, la resolución vulnera el artículo 19 N° 3 inciso 4° de la Constitución chilena, que establece la garantía del "Juez Natural", y el artículo 1 del Código Orgánico de Tribunales, que otorga a los tribunales la facultad exclusiva de juzgar causas civiles y criminales. Sostiene que, el acto administrativo es arbitrario porque

Fundamentos

considerando que el rechazo de las licencias médicas se basa en argumentos que la Compin no tiene facultades para interpretar. Añade que la negativa de la Compin es una vulneración flagrante del principio del “Juez Natural” y el derecho de propiedad del recurrente. Destaca que, la Excelentísima Corte Suprema, al revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones, dejó claramente establecido que la relación laboral de Ruiz Mendoza estaba acreditada, por lo que la Compin debía pronunciarse sobre la procedencia del pago de las licencias médicas reclamadas. La Compin, al emitir la Resolución Exenta N° 58, desconoció esta instrucción y adoptó una nueva justificación para negar el subsidio, lo cual constituye un acto arbitrario e ilegal. Argumenta que la Compin no tiene la potestad para evaluar la solvencia económica del empleador ni para negar el pago de subsidios basándose en ello. Esta facultad es exclusiva de los tribunales de justicia, conforme a los artículos 1 del Código Orgánico de Tribunales y 420 letra a) del Código del Trabajo. En conclusión, solicita que el recurso de protección sea declarado admisible y que se anule la Resolución Exenta N° 58. Pide que se ordene a la Compin pagar los subsidios por incapacidad laboral asociados a las licencias médicas de Ruiz Mendoza, o que se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas del recurso. Informa Natalia González Peña presidenta de la COMPIN región del Bio Bio, señalando en síntesis: Luego de realizar una exposición referente a la finalidad del recurso de protección expone que, el recurrente impetró acción de protección ante Corte de Apelaciones Concepción, en contra de esta COMPIN en recurso de protección ROL 21743-2023, reclamando las Resoluciones que confirmaron el no Pago de las licencias médicas N° 4- 88927223, 4-15559612, 3-91302696 y 4-16039241, sentencia apelada por el recurrente ante I. Corte Suprema en causa ROL 15098-2024; en la cual se establece: "se revoca la sentencia de fecha dieciséis de abril de dos mil veinticuatro, y en su lugar se acoge el recurso de protección a efectos que la recurrida se pronuncie respecto de la procedencia del pago de las licencias médicas reclamadas considerando que se encuentra acreditada la relación laboral". Señala que, la COMPIN en causa Rol 15098-2024, dando cumplimiento a lo resuelto, procedió a revaluar los antecedentes y estudiar los antecedentes presentados, y considerando los medios de prueba acompañados en el juicio, respecto a la efectividad de la huella laboral entre el recurrente y su empleador,

Fallo

se resuelve a través de resolución exenta N° 58 del 08.11.2024, lo siguiente: " Aun si se tuviera por acreditada la relación laboral, el empleador no posee la solvencia económica necesaria para el pago de la remuneración de don Carlos Ruiz pactada en el contrato de trabajo a partir de marzo de 2023 por 81,6 UF; u otros trabajadores, además de pagos de leyes sociales, gastos generales y comunes de la empresa; por el siguiente motivo: Dice que, por lo anterior, se remite nuevo pronunciamiento en cumplimiento a lo ordenado por Corte Suprema, respecto a la procedencia de pago de los subsidios de Licencias médicas recurridas N° 4-88927223, 4-15559612, 3-91302696 y 4-16039241 determinando rechazar el derecho a subsidio por incapacidad laboral de licencia médica N°4-88927223, 4-15559612, 3-91302696 y 4-16039241, ya que con los antecedentes tributarios aportados no acredita la solvencia económica necesaria del Empleador para cancelar dicha remuneración pactada en el contrato de trabajo. En consecuencia, sostiene, por una parte, la Resolución Exenta N° 58 de fecha 08.11.2024 de la cual reclama el recurrente, no es más que el cumplimiento de lo resuelto en autos de protección Rol 15098-2024; de conocimiento y fallo de este mismo llustrísimo Tribunal. Señala que, por otra parte, las licencias médicas invocadas en esta actual causa Rol 23071- 2024, son las mismas que fueron objeto discusión en Rol 21745-2023 precitado, adoleciendo de cosa juzgada la presente acción cautelar de protecci

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C.A. de Concepción rtp Concepción, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos ingreso Corte Rol N° 23.071-24 comparece Andrés Franchi Muñoz, abogado, e interpone recurso de protección a favor de Carlos Gonzalo Ruiz Mendoza, trabajador residente en Concepción, en contra de la Compin Provincial Concepción, representada por Natalia González Peña. El recurso, en síntesis, se ba

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