MARCELA MUÑOZ ROMERO/
Rol
Fecha
29 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: Comparece Marcela Patricia Muñoz Romero, domiciliada en Crispín Reyes N°7068, Antofagasta, quien comparece en favor de su hijo Rodrigo Jesús Recabarren Muñoz, privado de libertad, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Gendarmería de Chile y Hospital Regional de Antofagasta, por vulnerar el derecho establecido en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República, solicitando se le otorguen los cuidados necesarios atendido el diagnostico de Leucemia que padece su hijo. Informaron los recurridos al tenor de la acción cautelar interpuesta. Puesta la causa en estado, se trajeron los antecedentes para dictar sentencia. PRIMERO: Que funda su recurso señalando que su hijo, quien se encuentra en calidad de imputado en el CCP de Antofagasta, fue diagnosticado con Leucemia, actualmente hospitalizado en el Hospital Regional de Antofagasta. Indica que el 18 de enero del presente año le darían de alta para ser trasladado al CCP de Antofagasta, sin embargo, sostiene que este no cuenta con las condiciones para prestar las atenciones necesarias que requiere de acuerdo con su diagnóstico y estado actual de salud. Solicita que en el recinto penitenciario le entreguen la atención correspondiente en cuanto a la alimentación y que sea escuchado cuando tenga algún malestar, como por ejemplo fiebre o síntomas de resfrío. Además, que no mantenga contacto con internos que padezcan de tuberculosis o esquizofrenia, ya que éste también padece de depresión. Refiere que, en el caso de poder mantenerse internado en el Hospital, no le sean restringidas las visitas, ya que estima que aquello es un trato diferenciado con los demás pacientes, lo que a la vez afecta la salud mental de su hijo. SEGUNDO: Que informa José Versalovic Zamora, en representación del Hospital Regional de Antofagasta, solicitando el rechazo del recurso por no existir acto que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que amenace, prive o perturbe la garantía supuestamente afe
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido Marcela Patricia Muñoz Romero, en favor de su hijo Rodrigo Jesús Recabarren Muñoz, privado de libertad, en contra Gendarmería de Chile y Hospital Regional de Antofagasta. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, Gendarmería de Chile, deberá informar a esta Corte de la existencia de protocolos para los cuidados respecto de pacientes con enfermedades crónicas que necesiten de un cuidado especial dentro del establecimiento penitenciario, y que garanticen el cumplimiento de las indicaciones realizadas por los médicos tratantes; en el caso específico del recurrente adoptar las medidas preventivas de salud adecuadas a la patología que presenta, puntualmente en lo referente a la deficiencia inmunológica asociada a la enfermedad. Todo lo cual deberá ser evacuado a esta Corte dentro del plazo de diez días (10) para proceder al seguimiento de su ejecución. Regístrese y comuníquese. ROL 87-2025 (PROTECCIÓN) 2
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Antofagasta, a veintinueve de enero del dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece Marcela Patricia Muñoz Romero, domiciliada en Crispín Reyes N°7068, Antofagasta, quien comparece en favor de su hijo Rodrigo Jesús Recabarren Muñoz, privado de libertad, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Gendarmería de Chile y Hospital Regional de Antofagasta, por vulnerar el derecho establec
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