RICARDO DOMINGO VENEGAS MENDEZ C/ ROBERTO FASANI PUELMA
Rol
Fecha
29 de enero de 2025
Materia
PREVARICACION.ARTS. 223, 224, 225, 226, 227, Y 228.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, y los argumentos de hecho y derecho que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de esta Corte, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que, consecuentemente, se comparten. En efecto, de la forma en que se construyeron los elementos del tipo penal en la querella deducida, no dan cuenta de hechos constitutivos del delito de prevaricación, los cuales han sido precisamente cuestionados mediante apelación del laudo arbitral pendiente.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en el artículo 370 del Código de Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos O-10930 - 2023, seguidos ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Devuélvase. N°Penal-53-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. A los folios 7 y 8; a todo, téngase presente. Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, y los argumentos de hecho y derecho que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de esta Corte, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo par
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