JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

EDUARDO GUZMAN JARA C/ CAMILA ANGELICA LAGOS ANTIL

Rol

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala, por mayoría de sus integrantes, estima que para efectos de decidir acerca de la continuidad de la medida cautelar que fijó el juez a quo, esto es, la prisión preventiva de la imputada, ésta se encontraría dentro de las hipótesis previstas en el artículo 15 N°1 del Código Penal, a lo menos, en el delito más grave por el cual se ha acusado que es el de homicidio. En consecuencia, teniendo en consideración la circunstancia ya señalada y el número de ilícitos por los cuales ha sido acusada la imputada, se entiende que efectivamente su libertad constituye un peligro para seguridad de la sociedad, razón por la cual, SE REVOCA la resolución de fecha veintiocho de enero del año en curso, que modificó la medida cautelar respecto de CAMILA ANGELICA LAGOS ANTIL, y en su lugar, se ordena la continuación de la prisión preventiva por las razones ya indicadas. Decisión acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Cristian Carvajal de Vicenzi, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-105-2025. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala, por mayoría de sus integrantes, estima que para efectos de decidir acerca de la continuidad de la medida cautelar que fijó el juez a quo, esto es, la prisión preventiva de la imputada, ésta se encontraría dentro de las hipó

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