VILO/COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA GREEN EQUIPMENT LIMITADA
Rol
J-111-2023
Fecha
14 de junio de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: 1°.- Que, se solicita por la parte ejecutante se tramite incidentalmente el incremento a que hace referencia el artículo 169 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 468 del mismo cuerpo legal, toda vez que habiendo terminado la relación laboral con fecha 6 de enero de 2023, en virtud de la causal establecida en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, la sociedad demandada se encuentra en mora en el pago por lo que solicita sean incrementadas las indemnizaciones en un 150% o lo que se estime procedente; 2°.- Que, habiéndose conferido traslado, éste no fue evacuado por la contraria; 3°.- Que, tal como se desprende de la carta de aviso de despido complementada con finiquito, acompañados a los autos, y no objetados, el despido del trabajador se produjo en virtud de la causal establecida en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, con fecha 4 de enero de 2023. Así las cosas, el pago de la oferta irrevocable establecida en ella vencía transcurrido 10 días hábiles, al tenor de lo dispuesto en el artículo 177 del mismo cuerpo legal; 4°.- Que, revisado el sistema de tramitación, no consta pago alguno; 5°.- Que, así las cosas, ha quedado sentado que se produjo el despido del demandante, en razón de la causal establecida en el artículo 161 del Código del Trabajo; que el demandado envió carta de despido en que efectúa oferta de sumas por concepto de indemnización por años de servicio y sustitutiva de aviso previo; y, que, aquellas no fueron íntegramente saldadas dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el despido, por lo que procede acoger la solicitud de incremento, lo que se hará prudencialmente, según se señalará en lo resolutivo de esta sentencia, teniendo especialmente presente el tiempo transcurrido desde el despido; Y visto lo dispuesto en las normas citadas, y artículo 445 del Código del Trabajo, se resuelve: Se hace lugar a la solicitud de incremento, con costas, la que se fija en un 75%, de las indemnizaciones ofert
Fallo
se resuelve: Se hace lugar a la solicitud de incremento, con costas, la que se fija en un 75%, de las indemnizaciones ofertadas. Código: YPXXXFGMWHV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT: J-111-2023 RUC: 23-3-0106862-K Proveyó el Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a catorce de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: YPXXXFGMWHV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-14T11:44:54-0400
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Concepción, catorce de junio de dos mil veintitrés. Resolviendo derechamente la solicitud de incremento: Visto: 1°.- Que, se solicita por la parte ejecutante se tramite incidentalmente el incremento a que hace referencia el artículo 169 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 468 del mismo cuerpo legal, toda vez que habiendo terminado la relación laboral con fecha 6 de enero de 2023,
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