GONZALEZ JARA DAVID MARCELO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada defensora Claudia Tello Manríquez, en representación del condenado David Marcelo González Jara, quien se encuentra cumpliendo condena en el C.E.T. Metropolitano e interpone acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal en la dictación de la resolución que no accedió al beneficio de libertad condicional solicitada. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo 2 condenas de 3 años y un día, 41 días y 61 días, por los delitos de posesión, tenencia o porte de armas sujetas a control, contrabando, robo con intimidación e infracción a la Ordenanza de Aduanas. Indica que actualmente el encausado goza de todos los beneficios intrapenitenciarios y que cumple con los requisitos de tiempo mínimo y conductual previstos en el Decreto Ley Nro. 321 para que se le conceda la libertad condicional. Menciona que el interno demuestra claros avances en su proceso de reinserción social. En efecto, expone que mantiene un trabajo estable, no registra faltas y cuenta con apoyo familiar, de modo que la resolución recurrida se erige en ilegal al desconocer el cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa para el otorgamiento del beneficio. Pide dejar sin efecto el rechazo a la libertad condicional, y se le conceda la libertad inmediata. Segundo: Que al tenor del recurso de amparo informó la ministra presidenta de la Comisión de Libertad Condicional indicando que el 25 de octubre de 2024, por unanimidad, se resolvió rechazar la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado, al no cumplirse con los requisitos del Decreto Ley Nro. 321 y su reglamento. Adiciona que la justificación de la Comisión de Libertad Condicional para el rechazo fue: “[e]n efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante se trata de un sujeto con riesgo de reincidencia medio. Se le observa un incipiente acercami
Fundamentos
fundamentos que justifican la decisión que se reclama. En efecto, además de haberse precisado en la decisión que se impugna los elementos que se tuvieron en consideración para arribar al rechazo del beneficio de libertad condicional, de los antecedentes aportados y que han sido invocados en el informe -particularmente de aquel referido a los aspectos psicosociales- es posible advertir que el condenado presenta un riesgo de reincidencia medio y que se observa en él una moderada reflexión crítica respecto a la gravedad de sus acciones o a las factores asociados a su conducta. Lo anterior impidió a la Comisión de Libertad Condicional concluir que el amparado había progresado en su reinserción social, como exige el Decreto Ley Nro. 321. Séptimo: Que, del análisis de los datos tenidos a la vista y reseñados en los motivos previos, puede colegirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que, por cierto, se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, y en la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, le permitió concluir que el amparado no es merecedor, por ahora, de la misma. Octavo: Que, como corolario, en concepto de esta Corte, la Comisión no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que invoca y, por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de la determinación que se impugna haya incurrido en alguna ilegalidad.
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de David Marcelo González Jara y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. Rol Corte Nro. 86-2026 (Amparo)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada defensora Claudia Tello Manríquez, en representación del condenado David Marcelo González Jara, quien se encuentra cumpliendo condena en el C.E.T. Metropolitano e interpone acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber i
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