JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PERALILLO

MP/MANUEL JESÚS CONTRERAS SABARIA

Rol

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, sin perjuicio de la eventual prognosis de pena, en este caso, debe tenerse especialmente presente que el imputado mantiene una causa vigente por un delito de la misma especie, en la cual fue necesario decretar una orden de detención a su respecto en el mes de enero de 2023, por no haber comparecido a los actos del procedimiento, situación que se mantuvo hasta su detención en la presente causa. 2.- Que, además de lo anterior, el encartado mantiene una condena anterior por delito de la misma especie, la que, si bien se encuentra prescrita -por lo que no puede ser considerada al momento de realizar una prognosis de pena probable-, sí puede ser considerada como un antecedente más, al tiempo de establecer la necesidad de cautela que surge de su conducta, sobre todo si se agrega como otro antecedente, su negativa a la realización del examen de alcoholemia. 3.- Que, de esta forma, estos sentenciadores estiman que la medida cautelar de prisión preventiva es la única medida que permite, por ahora, asegurar la vinculación del imputado con los actos del procedimiento. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal se confirma la resolución apelada de veinticinco de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, en causa RIT 64-2025, que decretó la cautelar de prisión preventiva del imputado Manuel Jesús Contreras Sabaria por compartir, en lo esencial, los

Fundamentos

fundamentos de la resolución en alzada. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 99-2025- Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, sin perjuicio de la eventual prognosis de pena, en este caso, debe tenerse especialmente presente que el imputado mantiene una causa vigente por un delito de la misma especie, en la cual fue necesario decretar una orden de detención a su respecto en el mes de enero de 2023, por no haber comparecido a los actos

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