JUZGADO DE FAMILIA CASABLANCA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

Visto: Se reproduce la sentencia apelada, salvo el

Fundamentos

considerando décimo tercero, que se elimina. Y se tiene, además, presente que el legislador, en el artículo 8 de la Ley N°20.066 dispone que, además de las medidas que atienden al resguardo de la víctima, deberá imponerse una multa de entre 5 a 30 UTM, que en este caso se aplicará en su mínimo.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 8°, 55 y siguientes, 81 y siguientes de la Ley 19.968 y artículo...

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Visto: Se reproduce la sentencia apelada, salvo el considerando décimo tercero, que se elimina. Y se tiene, además, presente que el legislador, en el artículo 8 de la Ley N°20.066 dispone

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