SIN INFORMACION

GONZÁLEZ RIVERA, PAULINO ESTEBAN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (2DO. SEMESTRE 2024)

Rol

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carlos Medina Zamora, defensor penal público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Paulino Esteban González Rivera, cédula nacional de identidad N°17.038.854-2, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°57-2024, de 9 de octubre de 2024, mediante la cual se denegó la concesión del beneficio de libertad condicional, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de robo con intimidación y un castigo de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor del ilícito de tráfico de pequeñas cantidades, cuyo inicio fue el 2 de junio de 2022, previéndose el término de la condena para el 10 de febrero de 2026. Señala que, a pesar de cumplir los requisitos, la Comisión de Libertad Condicional negó al amparado tal beneficio, lo que se aleja completamente de los verdaderos avances que presenta en su proceso de reinserción, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley N°321 y en el Decreto Supremo N°338, los que constan en informe de postulación psicosocial. En efecto, en cuanto a la descripción del postulante, da cuenta que mantiene un nivel de riesgo de reincidencia alto. Por otra parte, el mismo instrumento, en relación a las actividades de reinserción realizadas, refiere que el factor educación/empleo ha sido suficientemente abordado al haber sido incorporado al curso de formación general para el trabajo y a la nivelación de sus estudios, con una participación destacada. Acota que el referido informe sugiere que el amparado continúe cumpliendo su condena en el sistema cerrado. Ello, pese a que se estima la presencia de avances significativos en el proceso de reinserción social, constituido principalmente por el desarrollo de actividades laborales y educacionales, destacándose por su compromiso y respeto hacia sus pares, lo que de por sí constituye avance suficiente para satisfacer los criterios del artículo 2 del Decreto Ley N°321. Expresa que lo expuesto es refrendado en el informe de libertad condicional suscrito por la trabajadora social de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, el que confirma y da cuenta de idénticos factores favorables recogidos por el informe de postulación de Gendarmería, además de hacer referencia a la presencia de red de apoyo del condenado, quienes se encuentran dispuestos a apoyarlo en su proceso de reinserción social. Expone, asimismo, que la resolución administrativa que se reprocha es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal del amparado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las leyes. En efecto, indica que el recurrente cumple los requisitos establecidos en el artículo 2 del Dec

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de Paulino Esteban González Rivera, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°54-2025 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

González Rivera, Paulino Esteban Comisión de Libertad Condicional (2do. semestre 2024) Recurso de Amparo Rol N°54-2025.- La Serena, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Carlos Medina Zamora, defensor penal público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Paulino Esteban González Rivera, cédula nacional

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