SIN INFORMACION

INOSTROZA MORALES / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que el abogado Martín Francisco Hiriart Bertrand, interpone recurso de protección en favor de Ruth Inostroza Morales, chilena, casada, domiciliada para estos efectos en calle Pasaje Genaro Salinas Nº357, comuna de Puente Alto, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada por don Claudio Reyes Barrientos, domiciliados en calle Huérfanos N°1376, comuna de Santiago, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la confirmación del rechazo del pago de sus licencias médicas, lo que constituye una vulneración a los derechos fundamentales consagrados en los numerales 1°, 2° 9° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto dicha decisión, ordenando el pago de los subsidios por incapacidad laboral temporal, con costas. Explica que el acto que reprocha de ilegal y arbitrario es la Resolución Exenta Nº R-01-IBS-164397-2024, de 21 de octubre de 2024, por la cual la Superintendencia rechazó la reconsideración del mismo organismo, que en definitiva confirma el rechazo de la COMPIN de la Región Metropolitana, de las licencias médicas N°s 71266698-6, 72880187-5, 741804760-k, 75792766-7, 77038018-9, 78214561-4, 79630020-5, 80997669-6, 82097850-1, 83299284-4, 84604521-k, 85756750-1, 86983673-7, 88373894-2, 89591855-5, 90771537-k, 95425862-9, 96961146-5 y 97930630-k, extendidas por un total de 568 días a contar del 6 de junio de 2022. Agrega que el fundamento de la resolución recurrida fue la falta de causa médica que justifique el reposo, ya que de los distintos informes médicos se concluye que la recurrente registra una patología crónica sin posibilidades de recuperación y de retorno laboral, toda vez que tiene más de 1300 días de licencias médicas autorizadas previamente desde el año 2018, razón por la cual se ha configurado a su respecto una incapacidad permanente que deslegitima el uso y la autorización de dicho subsidio a partir del año 2022, las cuales tienen un rol eminentemente temporal y terapéutico, lo que considera arbitrario, toda vez que su representada presentó a la COMPIN y a la SUSESO todos los informes médicos que dan cuenta de sus afecciones en salud física que justifican la incapacidad laboral temporal durante el año 2022 y siguientes, considerando además que está con el trámite de pensión por invalidez en curso. En cuanto al cuadro médico que afecta a la recurrente, detalla que es una persona de 57 años y que desde 2018 se encuentra atravesando una situación de salud física y psicológica compleja y delicada producto del deterioro del manguito rotador del hombro izquierdo y presenta deterioro y dolor de ambas rodillas, especialmente la derecha, y disminución de fuerza en ambas extremidades, además de un tendinitis y una diabetes que limita sus posibilidades terapéuticas, situación que significó una declaración de incapacidad permanente en 2021 por el 59% y una posterior de 2024 por el 80%, encontrándose actualmente sin condiciones pa

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se declara: I.- Se rechaza la alegación de extemporaneidad. II.- Se rechaza la alegación de improcedencia del recurso. III.- Se rechaza el recurso de protección deducido en favor de doña Ruth Inostroza Morales, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°5192-2024-Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que el abogado Martín Francisco Hiriart Bertrand, interpone recurso de protección en favor de Ruth Inostroza Morales, chilena, casada, domiciliada para estos efectos en calle Pasaje Genaro Salinas Nº357, comuna de Puente Alto, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada por don

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